sábado, 27 de agosto de 2011

Morir como se quiere

Debe elogiarse la determinación con que los responsables de la Junta de Andalucía han hecho cumplir la ley, en el caso de la paciente que reclamaba la retirada de la sonda nasogástrica que la alimentaba artificialmente tras sufrir un infarto cerebral masivo. Como cabe considerar un ejemplo de coraje cívico la firme defensa hecha por el hijo del derecho de su madre a que se respete su voluntad y no se prorrogue artificialmente una vida que ya no es tal.

Lo lamentable es que en situaciones donde el final de la vida está próximo, algunos médicos y autoridades sanitarias sigan poniendo sus concepciones morales personales por encima de un ejercicio racional y humanitario de la medicina, causando sufrimientos injustos a pacientes y familiares. Como los causados a la sobrina y tutora legal de Carmen López Domínguez, una anciana de 91 años internada en un centro de la Comunidad de Madrid, que ante el estado irreversible de su tía solicitó que le retiraran la sonda nasogástrica, la desataran de la cama a la que estaba sujeta y que, en todo caso, la alimentaran de forma natural. Solo una denuncia ante el juzgado pareció convencer a los médicos del absurdo de aplicar tratamientos incapaces de curar y contrarios al bienestar que debe procurarse a la persona al final de su vida.

A algunos sectores, influenciados sobre todo por la Iglesia, les suena a eutanasia todo lo relacionado con una muerte digna y sin dolor. A ello se añade que no pocos médicos siguen sin aceptar la autonomía del paciente, a pesar de haber sido reconocida como un derecho por una ley promovida por el Gobierno del PP en 2002. Las diversas normas autonómicas sobre una muerte digna, entre ellas la andaluza, como el proyecto de ley estatal sobre la materia remitido al Congreso, tienen un gran objetivo: garantizar al máximo esa autonomía en los momentos más difíciles de la existencia del paciente.

El País, 27/08/2011

viernes, 12 de agosto de 2011

El asilo de Leganés rechaza quitar la sonda a la anciana porque "no sufre"

Dolores Martón muestra la foto de su tía CarmenCarmen López Domínguez, la anciana de 91 años ciega, sorda, con demencia y ulcerada seguirá con el mismo tratamiento que hasta ahora. El comité ético de la residencia de Leganés donde está ingresada desde hace ocho años ha determinado que la petición de su sobrina y tutora, Dolores Martón, para que le retiren la sonda nasogástrica y le den cuidados paliativos, no cuenta con los "suficientes argumentos técnicos". Para llegar a esta conclusión, se basan en tres afirmaciones. Una, que, según ellos, la mujer "no sufre"; la segunda, que tener la sonda no ha perjudicado su estado; y la tercera, que no dejó escrito un documento de voluntades anticipadas (testamento vital).
La sobrina afirma que su tía no soporta ni siquiera que la toquen
La familia pedirá una evaluación independiente de la salud de la mujer
La sobrina de la mujer, que ayer recibió con "desesperación" la noticia, no da crédito. "¿Cómo pueden decir que no sufre? Ayer mismo, después de la reunión con la directora de la residencia, subí a verla, y cuando le toqué la pierna, que la tiene como un fideo, empezó a gesticular de dolor", cuenta. "Pero la enfermera me dijo que no, que era de alegría porque sabía que tenía una visita", añade indignada. "Podía haber empezado una discusión de horas, pero preferí dejarlo. Mi tía está tan dolorida que no se la puede ni tocar. Las enfermeras me cuentan que cuando van a asearla se revuelve porque no quiere. ¿Cómo va a querer si le duele que la toquen?", afirma.
Martón también tiene dudas sobre la supuesta aceptación de la anciana a la sonda. "Desde que se la pusieron no habla. Ellos dicen que es por la demencia, pero entonces habría ido perdiendo esa capacidad poco a poco, no de golpe", dice. Además, el hecho de que esté sondada ha obligado a atarle las manos, "porque se la quiere quitar". Y eso también redunda en la incomodidad y otros problemas de la anciana. Martón sospecha que una lesión de muñeca que le dijeron que tenía se la ha hecho forcejeando para liberarse las manos. Ayer mismo, cuando subió a ver a su tía, "tenía una mano hinchada porque tenía la correa muy apretada", afirma. "Tuve que llamar para que se la aflojaran, y le estuvieron dando un masaje".
Pero nada de esto figura en el informe -apenas dos folios- que le dieron a Martón. En él se indica, en contra de lo que alega la mujer, que la sonda nasogástrica no le ha causado a la anciana "ningún perjuicio, trastorno secundario o sufrimiento aparente". También se afirma que la anciana "no padece ningún dolor evidente".
Pero el argumento que más ha chocado a Dolores y a los médicos que la asesoran es el de que Carmen López "no ha otorgado documento de instrucciones previas".
Y llama la atención porque eso es lo que ocurre en la inmensa mayoría de los casos, y contradice claramente lo que dice la ley de autonomía del paciente, que establece que "se otorgará el consentimiento por representación [...] cuando el paciente esté incapacitado legalmente". Este es justo el caso, ya que desde diciembre de 2006 -como volvió a acreditar ayer Dolores Martón ante la dirección del centro- la sobrina es la tutora de su tía, que fue declarada incapaz.
La única opción que da el informe del comité de la residencia es que haya una nueva evaluación del estado de la anciana en un hospital. Pero el resultado "no se sabrá hasta dentro de 10 días", se queja Martón, que cree que, en el fondo, solo le están "dando largas". "No me han dicho nada nuevo. Y con esto solo prolongan el sufrimiento de mi tía", se queja.
Aun así, esta decisión coincide con una de las opciones que barajan Martón y la asociación Derecho a Morir Dignamente que la asesora, ya que entienden que el informe que se ha usado "es de parte [lo elaboraron la médica de la residencia y los de la empresa titular, SARquavitae]". Además, para demostrar que la sonda sí le molesta, van a pedir que le quiten la contención (las ataduras) a la mujer, y que un comité independiente -probablemente, el del hospital de Getafe- evalúe su estado.

104.000 personas con voluntades anticipadas

El documento de voluntades anticipadas gana adeptos. Este texto, llamado también testamento vital, es el documento en el que una persona establece qué tratamientos quiere recibir o no en caso de que esté sin conocimiento para decidir por sí misma. También sirve para nombrar un representante que se encargue de que los médicos sigan estas instrucciones. Y, sobre todo, facilita las situaciones finales cuando pueda haber dudas o conflictos entre los médicos y los familiares, o entre los allegados, sobre qué querría el paciente que se hiciera en casos extremos (sondar o no, reanimar o no, aumentar los calmantes, intubar).
En España ha costado que su uso arranque. Los últimos datos del Ministerio de Sanidad indican que hay registrados 104.516. A ellos habría que sumar los que custodia la asociación Derecho a Morir Dignamente o los que están en manos privadas (el texto vale con que lo hayan firmado dos testigos, aunque no esté depositado en ningún registro oficial); y hasta la Iglesia católica tenía un formulario.
Sanidad cree que la futura ley de muerte digna puede ser un gran impulso para que los ciudadanos lo redacten. De hecho, en mayo, cuando el proyecto de ley se envió al Consejo de Ministros, los documentos registrados eran 81.000, informa un portavoz de Sanidad. Y es que aunque el testamento vital estaba ya previsto en la Ley General de Sanidad de 1986, es en la de autonomía del paciente de 2002 cuando se insta a que se cree un registro estatal, y la futura norma de muerte digna -si vence el trámite parlamentario- lo consagra.
Y eso que en ningún caso es obligatorio redactar este documento. La ley prevé que en su defecto sea el representante legal quien decida; si no, que sea el cónyuge o persona con relación afectiva análoga (pareja de hecho); y, por último, el pariente más cercano y, en caso de igualdad, -dos sobrinos, por ejemplo- el de mayor edad. Es decir, y esto es lo aplicable al caso de Carmen López y su sobrina, Dolores Martón, la existencia de un testamento vital es una guía, pero si este documento no existe hay otras maneras de saber qué hacer. Y el inmediato pasa por hacer caso al representante legal del paciente

martes, 2 de agosto de 2011

Madrid elude su deber de garantizar paliativos a la anciana de Leganés

Dolores Martón"Si la mujer no está conforme, es libre de pedir plaza en otro centro". Es lo más cerca que estuvo ayer la Comunidad de Madrid de aportar una solución al caso de Dolores Martón, la mujer que quiere que retiren la sonda nasogástrica y apliquen cuidados paliativos a su tía, Carmen López Domínguez, de 91 años, con demencia, sorda y ciega y ulcerada. Con ello se desentiende de hacer cumplir la ley de autonomía del paciente, que estipula que una persona puede rechazar un tratamiento si lo desea.
    La Consejería de Sanidad negó que tuviera que intervenir, y remitió a la de Asuntos Sociales, que es la que tiene concertado el servicio con la residencia de Leganés donde malvive la anciana. Un portavoz de esta última afirmó que el centro "no es un hospital, y en él la mujer recibe los cuidados sociales que su situación requiere; aunque también los que su centro sanitario de referencia haya pautado". Por eso, "si tuviera que producirse un cambio, corresponde a su centro sanitario decidirlo", insistió el representante del departamento que dirige Salvador Victoria. Y señaló que eso debe hacerse con un criterio "estrictamente médico, que excede a las competencias de esta consejería".
    El Ministerio de Sanidad no está de acuerdo. "Confiamos en que la Comunidad de Madrid, donde está ubicado el centro, investigará la situación y se ocupará del caso para aclararlo", declaró un portavoz del departamento de dirige Leire Pajín.
    Para el ministerio, este caso es una prueba de la pertinencia de la ley de muerte digna que ha enviado al Congreso. "Con ese marco jurídico pretendemos evitar interpretaciones sesgadas que perjudiquen a los ciudadanos, aportar seguridad jurídica a los profesionales, y garantizar a los pacientes y sus familiares que recibirán el mejor tratamiento para paliar su sufrimiento en el proceso final de su vida", afirmó el portavoz. "Hay comunidades en las que estas garantías ya existen porque cuentan con una regulación propia que garantiza el acceso a los tratamientos para paliar el dolor, pero hay otras donde no existe esta normativa".
    Precisamente esa idea, la de que este caso justifique la ley de muerte digna, es la que ha levantado las críticas de la organización Derecho a Vivir, que en un comunicado pidió a Pajín que "deje de utilizar a los enfermos y los ancianos para meter con calzador la eutanasia en el BOE".
    Mientras se producían estas reacciones, Martón espera para saber qué hacer con su tía. La mujer no sabe todavía qué ha decidido el comité ético de la empresa Mapfre/Quavitae, que ya ha estudiado su caso, según informó el lunes a este periódico uno de sus miembros. No se ha planteado cambiarla de centro, sino tomar una decisión mucho más radical -y complicada para ella-: pedir el alta voluntaria y llevarse a su casa la anciana. Ahí ya buscaría los cuidados paliativos que requiere. Pero la idea tiene un problema. "Mi casa solo tiene un dormitorio, pero ya he hablado con mis hijos para que mi marido, que tiene cáncer y está recibiendo quimioterapia, se vaya con uno de ellos", ha dicho a este periódico.
    La única notificación que recibió ayer de la residencia fue que acredite que es la tutora de su tía. La petición sorprende, porque la mujer se ha hecho cargo de todos los asuntos de su tía desde 2006, y en aquella fecha, la anciana ya estaba en la residencia.

    El País, 3/08/2011

    Denunciada una residencia por no aplicar paliativos a una anciana

    Denunciada una residencia por no aplicar paliativos a una anciana

    Dolores Martón muestra la foto de su tía nonagenaria, sondadaLa mujer, de 91 años, está sorda, ciega y demente - Su sobrina pide que le quiten la sonda - Derecho a Morir alerta de que hay "miles de casos así que se tapan"  

    Lleva dos meses pidiendo a la médica de la residencia Los Frailes, en Leganés (Madrid), que le retiren la sonda nasogástrica a su tía y le apliquen una sedación para que no sufra. Como no conseguía una respuesta, el miércoles pasado Dolores Martón puso una reclamación por escrito en el centro sociosanitario, cuya titularidad es de Mapfre/Quavitae. Y, el sábado, asesorada por la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), presentó una denuncia ante el juzgado de instrucción de guardia de Leganés.

    La familia se ampara en la Ley de Autonomía del Paciente
    Martón, de 59 años, es la tutora de su tía Carmen López Domínguez, quien tiene 91, desde diciembre de 2006. "Me quiere como a una hija. Y yo a ella también", afirma. Pero la situación se ha vuelto insostenible. La tía "se encuentra en una situación de deterioro extremo", con "ceguera, sordera, adelgazamiento y úlceras en rodillas y sacro", según relata en la denuncia. "Carece de total movilidad y gran parte del día está encamada". Además, tiene las manos atadas, según cuenta la mujer, sobre todo desde que hace algo menos de un año le implantaron una sonda nasogástrica para alimentarla. "Entre el tubo de la nariz y el oxígeno está molesta e intenta arrancárselo", relata la sobrina. "Aunque no habla ni oye, sí que se le percibe una situación de sufrimiento extremo", continúa la denuncia.
    La mujer quiere que le retiren el tubo, que se intente alimentarla por boca, y que le apliquen cuidados paliativos. "Se lo dije a la médica. No quiero que se haga nada ilegal. Solo que deje de sufrir". Pero, siempre según la sobrina, la facultativa se negó. Este periódico intentó sin éxito hablar con la directora de la residencia. "Se ha pedido un informe técnico y se está estudiando el caso", afirmó una portavoz de la empresa.
    Pero a Martón esta explicación no le convence. Le parece que solo han tomado en serio su petición ahora, cuando la ha presentado por escrito y la ha remachado con una denuncia. Porque antes de eso ha habido charlas y hasta una reunión en la que el presidente de DMD, Luis Montes, acabó "tarifando con la directora", según su testimonio.
    "Hace casi un año me pidieron permiso para ponerle la sonda, me dijeron que le quedaba una semana de vida, y acepté. Hasta me compré ropa de luto", cuenta. Pero la situación se ha alargado. "Al ponerle la sonda, lo último que me dijo fue que estaba muy mal. Luego no ha hablado. Solo hace unos ruidos muy extraños. Un día me acerqué mucho al oído y le grité que si estaba sufriendo me apretara la mano. La pobre intentó hacerlo". La mujer no entiende por qué no le hacen caso. "Yo no quiero nada para mí. Mi tía no tiene nada. Yo, como soy su tutora, tengo que llevarle todas las cuentas al juez una vez al año. De la paguita que tiene, la residencia, que es concertada, se queda la mayor parte, y le dejan un 20% para sus gastos, pero muchas veces pago yo las cosas", dice.
    Ella afirma que es quien tiene que tomar la decisión, y se ampara en la ley de autonomía del paciente que se aprobó en 2002, cuando gobernaba el PP. Montes, el médico que fue absuelto del caso de supuestas eutanasias en el hospital de Leganés, cree que casos como este "hay miles" en España. "Lo que pasa es que se tapan".
    De momento, la mujer espera una respuesta. Y esta puede ser inmediata. Ayer, después del intento frustrado de hablar con la directora del centro, un miembro del Comité Ético de la empresa Quavitae, José Pascual, se puso en contacto con este periódico para explicar el procedimiento. Aunque sin hablar de la resolución del caso por cuestiones de privacidad, afirmó que "el dictamen ya está emitido" y enviado al centro. "Se trata de una situación relativamente frecuente" en la que "el equipo médico tiene dudas". Para resolverlo "se realiza un análisis minucioso de las ventajas y los inconvenientes intentando ser lo más equitativos posibles", sobre la base de cuatro principios: "Beneficencia -hacer el bien-, maleficencia -evitar hacer el mal-, justicia y autonomía del paciente", explica Pascual.
    Aunque el médico no puede adelantar el sentido de su informe, sí admite que puede "haber contrariedad" con lo que quiere el paciente. En ese caso "lo importante es explicar bien el porqué". "La legislación permite que el profesional defienda sus valores, y esto a veces choca con lo que quiere la familia", añade. "En ese caso, esta tiene libertad para seguir trabajando con este equipo o buscar otro".

    Un caso que llega en plena encrucijada legislativa

    El caso de Carmen López Domínguez, la mujer de 91 años sorda, ciega y con demencia a la que su tutora, Dolores Martón, pide que le retiren la sonda nasogástrica, llega en un momento de encrucijada legislativa. El Congreso ya ha recibido el proyecto de ley de muerte digna que el Consejo de Ministros aprobó en mayo, pero no ha empezado a debatirla. De momento está en la fase de presentación de enmiendas, y, tras el adelanto de la fecha electoral, no es seguro que esté al acabar la legislatura. De hecho, el PP la calificó de "innecesaria" cuando se anunció, pero eso no implica que vaya a arrinconarla si gana las elecciones. Mientras, la que debe aplicarse es la Ley Reguladora de la Autonomía del Paciente, aprobada en 2002, gobernando el PP.
    En concreto, la denuncia que ha interpuesto Martón se centra en dos artículos de esta ley. El 2.3 dice que "el paciente tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles". El 2.4 establece que "todo paciente tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la ley. Su negativa al tratamiento constará por escrito". La excepción es, sobre todo, que por negarse a recibir un tratamiento se ponga en peligro la salud de otras personas, por ejemplo porque se pueda transmitir una enfermedad.
    Cambia la redacción
    La ley de muerte digna no modifica estos aspectos, pero cambia la redacción. El artículo 2.1. establece que "las personas que se encuentren en el proceso final de su vida tienen derecho a que se respete su decisión sobre la atención sanitaria que se les dispense. De acuerdo con lo anterior, podrán rechazar las intervenciones y los tratamientos propuestos por los profesionales sanitarios, aun en los casos en que esta decisión pudiera tener el efecto de acortar su vida o ponerla en peligro inminente".
    El 2.2 dice que "la negativa a recibir una intervención o tratamiento, o la decisión de interrumpirlos, no supondrá menoscabo alguno en la atención sanitaria de otro tipo, especialmente en lo referido a la destinada a paliar el sufrimiento, aliviar dolor y otros síntomas y hacer más digno y soportable el proceso final de su vida".
    Esta ley, además, aclara el papel de los representantes legales, y fija en su borrador que "los profesionales sanitarios están obligados a respetar las convicciones y creencias de los pacientes, y a no imponer criterios de actuación basados en las suyas propias".

    La acusación

    - La denuncia. "He intentado hacer valer ante el centro sanitario los derechos que me asisten como representante legal de mi tía ante el gran sufrimiento por el que está pasando y ante lo que considero un caso de encarnizamiento terapéutico", afirma Dolores Martón en el escrito presentado.
    - El encarnizamiento. Es un término que tiende a desaparecer. Se sustituye por obstinación terapéutica u otras expresiones que indican que los médicos están más pendientes de alargar la vida, por muy deteriorada que esté, que de aliviar la agonía, aunque esto suponga acelerar la muerte.
    - Rechazo. El encarnizamiento está considerado una mala práctica médica por los expertos. Hasta la Iglesia católica lo rechaza.

    El País, 2/8/2011

    lunes, 1 de agosto de 2011

    Guía de práctica clínica sobre la atención integral a las personas con enfermedad de Alzheimer y otras demencias

    Descripción:
    La presente guía de práctica clínica (GPC) sobre la enfermedad de Alzheimer y otras demencias tiene como objetivo principal ser una herramienta de consulta que dé respuestas eficaces a cada uno de los profesionales implicados en el proceso de atención a las personas con demencia y a sus cuidadores en cada situación y en cada momento de la enfermedad, desde la fase de deterioro cognitivo leve (DCL) hasta las fases terminales de la enfermedad. Asimismo, pretende ser una herramienta docente, formativa y divulgativa.



    http://www.bioetica-debat.org/contenidos/PDF/2011/gpc_alzheimer_demencias_pcsns_aiaqs_2011vc.pdf

    lunes, 18 de julio de 2011

    Higher Levels of Glutamate in the Associative-Striatum of Subjects with Prodromal Symptoms of Schizophrenia and Patients with First-Episode Psychosis

    The glutamatergic and dopaminergic systems are thought to be involved in the pathophysiology of schizophrenia. Their interaction has been widely documented and may have a role in the neurobiological basis of the disease. The aim of this study was to compare, using proton magnetic resonance spectroscopy (1H-MRS), glutamate levels in the precommissural dorsal-caudate (a dopamine-rich region) and the cerebellar cortex (negligible for dopamine) in the following: (1) 18 antipsychotic-naïve subjects with prodromal symptoms and considered to be at ultra high-risk for schizophrenia (UHR), (2) 18 antipsychotic-naïve first- episode psychosis patients (FEP), and (3) 40 age- and sex- matched healthy controls. All subjects underwent a 1H-MRS study using a 3Tesla scanner. Glutamate levels were quantified and corrected for the proportion of cerebrospinal fluid and percentage of gray matter in the voxel. The UHR and FEP groups showed higher levels of glutamate than controls, without differences between UHR and FEP. In the cerebellum, no differences were seen between the three groups. The higher glutamate level in the precommissural dorsal-caudate and not in the cerebellum of UHR and FEP suggests that a high glutamate level (a) precedes the onset of schizophrenia, and (b) is present in a dopamine-rich region previously implicated in the pathophysiology of schizophrenia.

    Neuropsychopharmacology (2011) 36, 1781–1791

    http://www.nature.com/npp/journal/v36/n9/pdf/npp201165a.pdf

    (queremos agradecer a http://geneticaysexologiaintegral.blogspot.com/ porque gracias a esta página hemos conocido este artículo)

    lunes, 11 de julio de 2011

    EL NUEVO CÓDIGO ÉTICO DE LOS MÉDICOS CONSAGRA EL DEBER DE INFORMAR AL PACIENTE AL MARGEN DE LOS VALORES PERSONALES

    La Organización Médica Colegial (OMC) ultima un nuevo Código Deontológico que incorpora al anterior, de 1999, nuevas exigencias profesionales y sociales surgidas en una década, para lo que tiene en cuenta la pluralidad del colectivo profesional al que se dirige y la nueva relación médico-paciente, anteponiendo el derecho de este último a ser informado sobre posibilidades personales y terapéuticas, independientemente de las convicciones morales o religiosas del facultativo.

    El nuevo Código Deontológico de la Organización Médica Colegial está siendo elaborado por un grupo de 12 expertos elegidos por los colegios médicos del territorio español. Su primer borrador ha sido enviado a las organizaciones provinciales, algunas de las cuales lo han sometido a consulta, incluso, de cada uno de sus colegiados.

    Nuevo perfil social de la profesión

    La profesión médica está cambiando. Y no sólo porque se hace más heterogéneo, social y culturalmente, su perfil, al mismo ritmo que el resto de la sociedad española, sino porque la relación entre el profesional y un ciudadano, cada vez más informado y consciente de sus derechos, reclama redefinir en qué consiste el equilibrio de fuerzas en beneficio de ambos. En este sentido, no extraña que los aspectos más difíciles de consensuar estén resultando en estos momentos aquellos que tienen que ver con el principio y el final de la vida, según explica el Presidente de la OMC, Juan José Rodríguez Sendín.

    Objeta el individuo

    Un eje transversal de esta nueva relación afecta a la objeción de conciencia, aspecto necesario de regulación, pero no a nivel institucional, según Rodríguez Sendín. "Las instituciones no tienen objeción de conciencia; la tienen los individuos, los únicos que pueden entrar en conflicto con su obligación. Si las instituciones objetaran, también en conciencia podrían dejar de objetar y en ambos casos lo estarían haciendo en nombre de todos los trabajadores", indica.

    Se trataría pues, en esta nueva pauta colegial, de clarificar qué es la objeción de conciencia, desde el punto de vista legal, y no tanto regular a qué se objeta, sino cuales son los mecanismos para hacer efectivo este derecho de los médicos. El paciente está sentado enfrente, por eso la OMC apela a que, aunque humanamente sea comprensible que cada uno tienda a que sus valores y convicciones parezcan únicos y exclusivos, se haga un esfuerzo generoso para que, defendiendo aquello en lo que cada cual cree, prevalezca el respeto escrupuloso al otro y al paciente en especial.

    Informar no es hacer

    La línea de conflicto es la información. "Informar no es hacer", recalca el presidente de la OMC, quien defiende que el derecho del paciente a ser informado debe de prevalecer sobre cualquier convicción personal del médico. "El médico no puede coaccionar a nadie desde su posición de privilegio, aunque no esté de acuerdo con lo que hace", entiende Rodríguez Sendín. "Es decir", pone un ejemplo, "si una mujer quiere abortar y yo no estoy de acuerdo con ella porque va en contra de mis convicciones, puedo decirle que yo no lo voy a hacer, pero no puedo impedirle que ella lo haga. Mi derecho a la libertad de objetar tiene que ser estrictamente completado con el estricto derecho a la libertad de elección del paciente", declara.

    Informar no es hacer. "Lo que es objetable es hacer. Luego, si el médico objeta, tiene que buscar al paciente quién complemente su derecho, si él no está dispuesto a hacerlo. Objetar termina en el que tiene que realizar el acto, no en aquello que no deseamos que ocurra", añade el presidente de los médicos españoles.

    El nuevo código deontológico también busca reforzar la seguridad, respeto y humanismo que reporta al paciente el comportamiento ético del profesional. Un aspecto sensible en este ámbito es la prescripción de medicamentos a la que el borrador del código dedica un capítulo. Entiende que el médico debe disponer de libertad de prescripción que le permita actuar con independencia y garantía de calidad; entiende también que la colaboración con la industria farmacéutica es necesaria y conveniente en la investigación, el desarrollo y seguridad de los medicamentos, pero advierte que "es contrario a la Deontología Médica solicitar o aceptar contraprestaciones a cambio de prescribir un medicamento o utilizar un producto sanitario".

    Honradez y ejemplaridad

    Si hay incentivos, estos deberán responder a una mejoría de la eficiencia, salvaguardando la calidad asistencial y la libertad de prescripción. No hay concesiones ni a unos, ni a otros. Ni regalos de la industria farmacéutica, ni "aceptar una remuneración fundada en normas de productividad, de rendimiento horario o cualquier otra disposición que atente objetivamente contra la calidad de su asistencia". Los médicos, como prescriptores, "tienen un deber deontológico de honradez y ejemplaridad", recoge el proyecto de código deontológico.

    Declaración de intereses

    Reconocida la aportación de la industria farmacéutica a la innovación y a la formación, el código le pide a los médicos que mantengan su independencia: que garanticen su libertad en el caso de participar en actividades financiadas por entidades con ánimo de lucro; que informen de su vinculación en investigaciones o en estudios farmacológicos patrocinados por la industria farmacéutica, tanto a los medios científicos como de comunicación en general y que, igualmente, identifique su relación cuando, en calidad de experto, hace recomendaciones de un producto específico, tanto en medios científicos como en medios de comunicación general.

    El borrador elaborado incorpora cómo abordar otros muchos aspectos como es el caso del diagnóstico prenatal, el dopaje deportivo, docencia o el papel de los facultativos en el peritaje judicial. El articulado de este proyecto casi duplica al anterior de hace una década y, según Rodríguez Sendín, "puede ser el más moderno de Europa, en cuanto a su actualidad".

    Lucía Argos


    http://www.actasanitaria.com/actasanitaria/frontend/desarrollo_noticia.jsp?idCanal=1&idContenido=27923