El consentimiento informado en la práctica médica debe de ser obligatorio tanto por motivos legales como morales, debiéndose de informar de un modo claro y detallado la terapéutica y sus alternativas, así como los riesgos y beneficios de ésta, para que el paciente, conjuntamente con el facultativo, evalúe cuál es la mejor alternativa. No obstante, no siempre es tan sencillo, de modo que se tiene que confirmar la capacidad y competencia del paciente para ver si actúa o no de una manera autónoma, y más si tenemos en cuenta que son personas con esquizofrenia.
Como la etiología de la esquizofrenia tiene un carácter «bio-psico-social», pensamos que la terapéutica debe de ser farmacológica y psicológica, de ahí que el consentimiento informado tenga que ser múltiple. Además, éste tiene que estar dispuesto a cambios, debido a una posible exacerbación o recuperación de la persona a lo largo del tratamiento que dará lugar a una modificación de la terapia.
http://www.bioetica-debat.org/modules/news/article.php?storyid=215
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