Este blog desea exponer información, principalmente, sobre aspectos relacionados con la bioética aplicada a la psiquiatría. No obstante, también se hace referencia a temas de bioética en general (fundamentación, comités de ética, eutanasia...)y/o temas de psiquiatría con implicaciones en la filosofía o la ética. https://www.linkedin.com/profile/edit?trk=nav_responsive_sub_nav_edit_profile
miércoles, 16 de octubre de 2013
GALLARDÓN PERMITE EL INTERNAMIENTO PERPETUO DE LOS ENFERMOS MENTALES: Cortesía de un amigo
El controvertido y reaccionario Código Penal que prepara el Gobierno de Mariano Rajoy no sólo ha hecho saltar las alarmas entre jueces, abogados y activistas, que lo han tachado en repetidas ocasiones de “inconstitucional”. Para las asociaciones que trabajan con enfermos mentales, el anteproyecto “vulnera los derechos civiles, cercena las libertades de la mayoría de la población y atenta contra los preceptos de la Constitución”. El motivo de su crítica es que el nuevo reglamento permitirá que una persona permanezca encerrada incluso por delitos que no ha cometido, es decir, en previsión de los que pueda cometer en el futuro. Hasta ahora, a ninguna persona con enfermedad mental que hubiese cometido un delito —y se la declarase inimputable por ello— se le podía imponer una pena porque no se le declaraba jurídicamente responsable del delito del que había sido autora. En su lugar, se aplicaba una medida de seguridad, privativa o no de libertad, que normalmente consistía en un internamiento psiquiátrico que nunca podía tener una duración superior a la de la pena que se le hubiese impuesto en caso de ser imputable. Ahora, como el nuevo texto tipifica a la persona con trastorno mental como “sujeto peligroso”, el enfermo puede permanecer en un centro psiquiátrico indefinidamente hasta que desaparezca la peligrosidad.
Para los expertos, éste un error de concepto. “Las personas con trastornos mentales no son peligrosos de por sí, pueden serlo si no están bien tratadas o no se ha descubierto el trastorno que sufren”, explica José María Monge, presidente de la Federación de Asociaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental (Feafes). “Se confunde a los enfermos mentales que sufren un brote psicótico en un momento determinado y cometen un delito con los psicópatas, que sí entienden que están cometiendo un delito, lo quieren cometer y se alegran de hacerlo”, aclara.
Además de ese internamiento en un centro psiquiátrico por un periodo de tiempo indefinido, a las personas con enfermedades mentales se les impondrá otra medida de seguridad también indefinida: la libertad vigilada. Esta medida no privativa de libertad —que dura un mínimo de tres años y un máximo de cinco prorrogables indefinidamente— se podrá convertir en indefinida para los enfermos mentales porque el juez no levantará ese castigo hasta que el encerrado demuestre que no es peligroso y el magistrado considere que ya no necesita esa libertad vigilada. Es decir, que esta medida ya no estará relacionada con la duración de la supuesta pena, por lo que el enfermo mental no sabrá nunca hasta cuándo durará su internamiento psiquiátrico, “su sentencia poseerá un plazo definido, pero no definitivo”, señala la Consultoría y Docencia en Salud Mental Al. an. De esto modo, se antepone la supuesta peligrosidad de la persona a los delitos realmente cometidos.
“Es una aberración total de concepto. El ministro Gallardón está desenfocando el tema porque no se está juzgando a los enfermos mentales adecuadamente a su patología”, denuncia Monge, que además señala que “un juez no es quién para valorar la peligrosidad de una persona”. Las asociaciones firmantes del Manifiesto contra el Anteproyecto de Reforma del Código Penal señalan además que “la peligrosidad es un concepto especulativo, atribuido arbitrariamente y que no necesita basarse en hechos para aplicarse”, por lo que “puede servir, en un contexto de descontento y contestación social, para criminalizar y neutralizar la disidencia”. Advierten además de que gran parte de los diagnósticos de salud mental se catalogan como crónicos, de modo que la peligrosidad asociada a estas patologías también se concebirá como crónica y también las medidas de seguridad que se impongan. “De este modo, recibir un diagnóstico de salud mental puede ser una condena a perpetuidad”, alertan ActivaMent Catalunya Associació, Associació Sociocultural Radio Nikosia, Associació Bipolars de Catalunya, Associació AADDMM Terraferma, Associació Mentaliza’t, Saräu Associació d’Oci Inclusiu, Associació Emilia Barcelona, Castelldefels Associació de Malalts Mentals, Associación Grupo de Teatro Imagina y Asamblea de Majaras.
Al margen de que el texto es incompatible con la convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, según los expertos, la Feafes señala que el error que comete el ministerio es “no contemplar que un enfermo mental tratado adecuadamente pueda recuperarse y dejar de tener brotes psicóticos”, señala Monge: “Es absolutamente descorazonador”, concluye.
Agradecemos al blog http://stopestigma.wordpress.com/2013/10/16/articulo-visto-y-publicado-al-menos-en-publico-es/ por dicha información.
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