Bioética
y cronicidad. Un intento de humanizar la asistencia sanitaria en salud mental
Dr.
Sergio Ramos Pozón
Universidad
de Vic
Profesor
asociado
sergio.ramos@uvic.cat
Ramos S. Bioética y cronicidad. Un
intento de humanizar la asistencia sanitaria en salud mental: Eidón. Revista
Española de bioética. Revista de la Fundación Ciencias de la Salud. 2017;48:77-88. ISSN: 2174-8292.
http://www.revistaeidon.es/
Resumen
El objetivo de este
artículo consiste en aportar herramientas conceptuales para intentar humanizar
la asistencia sanitaria de los pacientes crónicos con trastornos mentales
severos. Para ello, exponemos un modelo bio-psico-social como marco conceptual,
y esbozaremos el concepto de recuperación
para explorar profundamente una atención centrada en la persona. La finalidad
consiste de centrarnos más en las personas y no tanto en las enfermedades. En
segundo lugar, mostramos algunos contenidos y utilidades clínicas del documento
de voluntades anticipadas en salud mental y de los motivos éticos que lo
fundamentan.
Abstract
The aim of
this paper lies in contributing some conceptual tools in order to humanize
health services when such care is focused on patients with mental disorders.
Thus, we put forth a bio-psycho-social model as a framework; and use the concept
of recovery to explore deeply a person centered-care. We focus on the person
than on the pathology. Besides, we provide some points of the content and
clinical utilities of psychiatric advance directives, and ethical reasons of
such legal document.
1.-
Introducción
Según
los datos del Padrón Continuo (INE) (Abellán y Pujol, 2015), España mantiene un
proceso de envejecimiento: el 18.1% de la población tiene 65 años o más y las
principales causas de muerte entre los mayores están vinculadas al apartado
circulatorio y al cáncer.
De
estos datos, cabe analizar qué porcentaje de personas padecen algún tipo de
patología crónica. Algunos estudios sugieren que el 91,3% de las muertes en
España es debido a enfermedades crónicas (Haro, et al., 2014), mientras que
otros datos no son tan pesimistas y estiman un 75% (Gómez, et al., 2013).
Ahora
bien, junto a estos datos, hay que tener en cuenta que una de cada 4 personas
padece algún tipo de enfermedad mental durante su vida, esto es, unos 450
millones de personas en todo el mundo. Estas enfermedades suponen el 40% de las
enfermedades crónicas, las cuales tienen un impacto negativo en la calidad de
vida, más incluso que el de las otras patologías crónicas (enfermedades cardíacas
o la diabetes) (Ramírez, et al., 2016). Entre estos trastornos mentales hay un
aumento significativo de la mortalidad en pacientes con demencias y Alzheimer
(Abellán y Pujol, 2015) e incluso se espera que en el 2020 la depresión sea la
primera causa de enfermedad en el mundo desarrollado (Ramírez, et al., 2016).
En
este grupo de la población con enfermedades crónicas podemos apreciar un
colectivo de personas que sufren enfermedades mentales, con pluripatología,
vulnerabilidad, dependencia y con necesidades bio-psico-sociales. Este
colectivo de pacientes crónicos tiene un trastorno mental severo (TMS). En
general, el término TMS agrupa a personas con unas dificultades funcionales
similares debidas a un trastorno mental específico, como puede ser trastorno
esquizofrénico, paranoia, depresión mayor recurrente grave, bipolar, etc. Suelen
tener un historial de más de 2 años de evolución, con grandes limitaciones en
su funcionamiento (actividades de la vida diaria, relaciones interpersonales,
control de la conducta, etc.) (Ramos, 2013). Por tanto, estas personas con TMS suelen
tener una discapacidad psiquiátrica que les impide llevar a cabo una vida
normalizada (Rudnick, 2014).
Pues bien, teniendo en mente todas estas
cifras, es en este ámbito de la salud mental donde queremos incidir, abriendo
otras miradas al análisis de la cronicidad, anclada en procesos de final de la
vida. Deseamos reivindicar un mayor análisis de este campo de la cronicidad si
en el fondo queremos respetar a estas personas, darles una asistencia de
calidad y fomentar espacios en los que sean ellos los que tomen sus propias
decisiones. Esto, quizás, es más urgente si partimos de que las posturas
paternalistas son frecuentemente apreciadas en el ámbito de la salud mental
(Pelto, et al., 2013).
También
queremos reivindicar la necesidad de una atención integral, holística,
multidisciplinaria. Pero sobretodo nuestro objetivo en este artículo reside en
la reivindicación de una vida digna, de la necesidad de entender a estos
pacientes como activos –y no pasivos- en la relación asistencial, y, en
definitiva, reclamamos una asistencia sanitaria más humana.
Para
ello, en primer lugar, teniendo en cuenta que el modelo imperante en salud
mental es el biomédico y que se reclama, de modo frecuente, un modelo más
integral y holístico, expondremos algunas ideas clave para poder esbozar un
modelo bio-psico-social en el que la recuperación
sea uno de los conceptos clave. Esto nos permitirá esbozar el marco desde
el cual solicitar una vida digna de ser vivida para estos pacientes, en el que
los valores de la persona sean centrales. En segundo lugar, queremos exponer
algunos modos de anticipar las decisiones en salud mental ya que es de justicia
darles a estas personas los mismos derechos que a los de cualquier paciente.
Este planteamiento tendrá aspectos positivos en varias áreas como son la
relación asistencial, las cuestiones clínicas y los derechos humanos.
2.-
Del paciente-pasivo a la persona-activa
George
Engel (1977 y 1980), en los años 70 y 80 del pasado siglo, reivindicaba una
asistencia sanitaria más humana, constatando las insuficiencias del modelo
imperante de aquella época: el modelo biomédico. Se trataba de una apuesta por
un modelo integral, holístico, que diese a comprender y tratar las enfermedades
en base a componentes bio-psico-sociales y no sólo biomédicos.
En la actualidad, en el campo de la
salud mental se pide ese modelo holístico e integral; no obstante, es evidente
que el reduccionismo biologicista para entender y tratar los trastornos
mentales es el predominante.
En cualquier caso, y sin ánimos de
discutir si efectivamente hay o no esa predominancia, creemos que en la
actualidad la propuesta de Engel ha de ser el modelo aplicable en salud mental,
aunque debería actualizarse en los ámbitos teórico-epistemológico,
técnico-pragmático y ético, y teniendo en cuenta las críticas recibidas a la
versión de George Engel (Ramos, 2015).
En efecto, consideramos que en la
asistencia sanitaria han de contemplarse e integrarse en el plan terapéutico
variables bio-psico-sociales. Ahora bien, es imprescindible que la persona sea
el eje del plan terapéutico, de modo que sus deseos, valores, preferencias,
etc., guíen las decisiones. Y es que hemos de concebir a cada paciente como
único, con una biografía específica, con unas expectativas peculiares y con una
manera singular de entender su vida, de manera que las líneas terapéuticas
deberían adecuarse a ello. Esta
propuesta se concibe como un “modelo centrado en y para el paciente”, aunque
probablemente sería más acertado enfocarnos más en la “persona” y no en tanto
en el “paciente”. Esto ha sido constatado desde el concepto “person centered-care” con la finalidad
de enfatizar las necesidades de la persona más bien que en las cuestiones
médicas o clínicas.
Ciertamente, se trata de un
concepto difícil de definir y de especificar qué variables ha de contener. No
obstante, algunos autores han aspirado a delimitarlo y definirlo para poder
intentar llevarlo con más rigor a la praxis médica (The American Geriatrics Society Expert Panel on Person-Centered Care, 2016; Jakovljević y Ostojić, 2015; Lusk y
Kerry, 2013; y Marijana,
et al., 2011).
Por ejemplo, Janet y Kerry (2013) consideran
que este planteamiento ha de incorporar 7 elementos, a saber:
1. Un
plan de cuidados que tenga como fundamento los valores y preferencias de la
persona, los cuales han de extraerse de una rigurosa evaluación médica, social
y funcional.
2. Un
plan continuado y revisable sobre los fines y planes de cuidado.
3. La
persona ha de ser concebida como parte del equipo de profesionales, pues es la
que va a aportar los valores.
4. Se
necesita a un interlocutor para que haga de contacto y diálogo entre la persona
y los profesionales de la salud o cualquier otra persona relevante (familia,
tutor, representante, etc.) en el acto clínico.
5. Es
preciso una coordinación activa entre todos los profesionales.
6. Una
continua información sobre la persona (valores, preferencias, etc.), la cual ha
de ser compartida entre los profesionales (idealmente en la historia clínica).
7. Unos
resultados objetivables para poder ir valorando la progresión.
Por su parte, Abraham Rudnick y
David Roe (2011) sostienen que también este enfoque ha de ser llevado al terreno
de la salud mental. Para ello, ha de tener unos fundamentos delimitados:
1. Ha
de ser un constructo multi-dimensional.
2. Tiene
que ser focalizado en la persona.
3. Ha
de ser conducido por la propia persona, de modo que el consentimiento informado
resulta imprescindible para cualquier acto clínico.
4. La
persona ha de poder tener derecho a anticipar sus decisiones en relación a las
cuestiones sobre su salud.
5. Hay
que concebirlo como un enfoque contextualizado en la historia y circunstancias
de la persona.
Y es importante recalcar que el
concepto person-centered care ya ha
comenzado a introducirse en el ámbito de la salud mental (Rudnick y David,
2011). Por ejemplo, tenemos experiencias en el ámbito de las demencias con unos
buenos resultados clínicos, como es el modelo VIPS (valores, individualizado,
perspectiva y social) que propone Dawn Brooker (2013):
•
Valores que reivindica
el valor absoluto de toda vida humana.
•
Enfoque individualizado que reconoce la
singularidad de la persona.
•
Interpretar el mundo
desde la perspectiva de la
persona.
•
Proporcionar un marco social que satisfaga las necesidades
psicológicas.
Por
todo ello, creemos que si deseamos una asistencia sanitaria más humana, hay que
hacer un cambio de paradigma para pasar de modelos centrados en las enfermedades
y sus síntomas, a estructuras en las que la persona con sus deseos y
preferencias pivoten la relación asistencial.
De
este modo, al poner la atención en la persona, hemos de reflexionar sobre cuál
es la finalidad de la praxis psiquiátrica, pues ya no es tanto qué variables
biomédicas tomar como referencia, sino también –y en gran medida- qué líneas
terapéuticas desea el paciente y cuáles no. En este artículo nos estamos
enfocando en pacientes con TMS con sintomatología y déficits crónicos, de manera
que cabe cuestionarse cuál es la finalidad de la asistencia, esto es, hasta qué
punto estas personas volverán a tener una vida normalizada (sin enfermedad),
con un sentido para ellas mismas. Quizás, en definitiva, el propósito ya no sea
sólo el curar, sino también el cuidar.
Teniendo
en cuenta que el abordaje terapéutico ha de tener compontes bio-psico-sociales
(tratamientos farmacológicos, psicoterapéuticos, etc.); que son pacientes
crónicos; y que la persona ha de estar en el centro de la atención sanitaria,
probablemente tiene sentido incorporar, como un elemento más a valorar en los
planes de cuidado, el concepto “recovery”
para considerar qué es lo más valorado por estos pacientes.
Aunque
es muy complicado hablar de una recuperación en este tipo de trastornos
mentales, sí que puede ser significativo todo lo que ello conlleva. Este
planteamiento fue introducido en los años 80 del siglo pasado y originalmente
fue concebido como un proceso único y personal de cambio de actitudes, valores,
sentimientos, etc. Afortunadamente, en salud mental cada vez tenemos más
conocimientos empíricos sobre esta temática (Slade y Longden, 2015). La
finalidad reside, pues, en una manera de entender la vida de las personas con
enfermedades mentales que han de convivir con su propia enfermedad (Turner y
Wallcraft, 2002).
Leamy
M., et al. (2011) han propuesto un marco teórico-práctico que engloba ese
concepto enmarcándolo en 5 categorías, a saber: 1) satisfacción (en las relaciones
interpersonales y en el papel que tienen en la comunidad); 2) esperanza y
optimismo hacia el futuro; 3) identidad (reconstrucción del yo y superación del
estigma); 4) significado de su vida (calidad de vida, roles, etc.); y 5)
empoderamiento.
El
empoderamiento puede suponer una perspectiva más humana para el sistema
sanitario, especialmente pertinente en salud mental, pues propicia una relación
asistencial fundamentada en la autonomía y la libertad de poder escoger
decisiones sobre su propia vida (Drake y Whitley, 2014). Este empoderamiento,
como defenderemos, puede darse aplicando espacios en los que las personas puedan
anticipar sus decisiones y fomentar así decisiones compartidas con los
profesionales.
Todos
estos componentes denotan la pretensión de centrarnos más en la reinserción y
autoestima de la persona que no sólo en la reducción de la sintomatología
psiquiátrica. Hemos de procurar dotarles de una vida de calidad, una vida digna
de ser llevada, en el que los valores de la persona sean los pilares de la
atención sanitaria.
En
cualquier caso, y sin objetivo de analizar con más rigor este concepto, las
investigaciones han demostrado que si se quiere enfatizar en ello hay que
involucrar a todos los profesionales implicados en los planes de cuidados relacionados
con los TMS (Leamy, et al., 2016). Huelga decir que para conocer este concepto es
preciso preguntar a los principales afectados: los pacientes (Drake y Whitley, 2014).
En definitiva, hemos de instar a realizar planes
terapéuticos que contemplen cuestiones bio-psico-sociales para poder abordar la
situación clínica de manera integral y holística. Esto significa una propuesta
centrada en la persona, en sus valores, deseos, preferencias, etc., de tal
manera que intentemos alcanzar una recuperación de la persona con TMS y darles
una vida digna, con sentido, pero siempre teniendo en cuenta las repercusiones
de la sintomatología crónica y, en la medida de lo posible, el cómo intentar
reducir y/o suprimir esos síntomas.
Por eso, si apostamos por un modelo centrado en la
autonomía y la dignidad, ha de ser prioritario fomentar todo tipo de contextos
en los que la persona pueda decidir cómo quiere ser tratada.
A
continuación vamos a analizar, sin ánimos de exhaustividad, el ámbito de las
voluntades anticipadas como un modo idóneo en el que el paciente pueda decidir
en momentos de incompetencia para las decisiones. Para ello, esbozaremos
únicamente algunas cuestiones éticas, clínicas y asistenciales que se extraen
de la bibliografía referente a los contextos de anticipación de las decisiones
en salud mental.
3.-
Anticipando las decisiones como reflejo de la autonomía y la dignidad
La Organización de las Naciones Unidas en la Convención sobre los derechos de las
personas con discapacidad, (2006), así como el Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad (2014),
instan a que los Estados partes faciliten políticas sanitarias en las que las
personas con discapacidad tengan un papel más activo en el ámbito
socio-sanitario.
En particular, el
objetivo de la Convención es “promover, proteger y asegurar el
goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el
respeto de su dignidad inherente” y, junto con el texto del Comité, se desea llevar a cabo un cambio
de paradigma que vaya de las decisiones sustitutivas a uno basado en el apoyo
para tomarlas. Y es en ese contexto donde reside el derecho, ético y legal, de
que las personas con enfermedades mentales puedan anticipar sus decisiones.
Pues bien, aunque a
nuestro juicio estos documentos quizás tengan algunas deficiencias (Ramos,
2016), creemos que han de ser la base legal para replantear cuál debe ser la
relación asistencial cuando hablamos de pacientes con TMS.
Aunque
en España ya han comenzado a surgir las primeras propuestas de planificación
anticipada de decisiones en salud mental, como la llevada a cabo por la
Consejería de Sanidad de Andalucía (2015), aún es necesaria una mayor difusión
y análisis tanto de la planificación
como del documento de voluntades anticipadas en salud mental (DVA-SM) (Ramos y
Robles, 2015).
Pues
bien, gracias a esos dos escenarios conseguiremos un mayor respeto y fomento del
artículo 12 de la Convención sobre el “igual reconocimiento como persona
ante la ley”, pues a fin de cuentas es un derecho de todas las personas tener
la posibilidad de decidir de forma anticipada sobre su propia vida (Observación
General párrafo 12(3)). Además, la negación de tal derecho supondría una
discriminación, probablemente por motivos de discapacidad (en este caso una
enfermedad mental). Por tanto, es de justicia que todas las personas con TMS
puedan anticipar sus decisiones y que éstas sean respetadas.
Este
ejercicio implica la manifestación de su autonomía (deseos, preferencias,
etc.), la cual indica la elección de un proyecto de vida. En tales planes
anticipados, las personas reflejan qué entienden por una vida digna de ser
llevada (qué tratamientos quieren y cuáles no, cómo prefieren ser tratados, qué
personas desean que les representen en el caso necesario, etc.). Ahora bien,
sea decidiendo mediante el representante o ejerciendo decisiones fundamentadas básicamente
en los profesionales, cabe el peligro de adoptar posturas proteccionistas que
incurran en la falacia de que “beneficencia” y “no-maleficencia” han de ser
entendidas sin la opinión de la persona. Al contrario, aquello que sea
beneficioso o maleficente ha de ser, en esencia, lo que el usuario considere
que es bueno o malo.
Y
respetar tales decisiones es, a fin de cuentas, respetar la dignidad de la
persona, la cual suele estar además en una situación de grave vulnerabilidad. Esa
vulnerabilidad (años de evolución, afectación en la calidad de vida, etc.) requiere
un trato especial, acorde a sus necesidades. El cuidado en estas personas también
va a jugar un papel crucial, pues estamos hablando de cronicidad y deterioro, y
que en muchas ocasiones los pacientes van a tener que acudir toda su vida a los
servicios socio-sanitarios, más si tenemos en cuenta que tendrán recidivas
acompañadas de períodos de estabilidad.
Frecuentemente,
el abordaje de la sintomatología será bio-psico-social, basado en la búsqueda
de una calidad de vida, fomento de la autonomía y respeto por la dignidad. Como
veremos a continuación, en el DVA-SM se dejan anotadas muchas decisiones en
torno a aspectos biológicos, pero también psico-sociales. Y teniendo en cuenta
que el abordaje ha de ser holístico y centrado en la persona, el concepto de
integridad se hace necesario para poder entender el DVA-SM y la planificación
como algo centrado en la persona –en su conjunto- y no sólo en las distintas
áreas (biológica, psicológica o social) a las que hay que tratar sin necesidad
de interrelacionarse. Aunque se tengan que analizar realidades distintas
(sintomatología psiquiátrica, reinserción social, comorbilidad médica, etc.),
siempre estaremos hablando de una persona singular con un proyecto de vida
único.
Este
hecho multifactorial queda perfectamente recogido en las diversas directrices
que anotan los pacientes en su DVA-SM. Aunque no es nuestro objetivo realizar
un análisis exhaustivo de ello (Ramos y Román, 2014; y Ramos y Robles, 2015), sí
deseamos anotar algunos de los contenidos y utilidades clínicas del documento.
En
efecto, los DVA-SM proporcionan una buena herramienta para poder ejercer la
autonomía de los pacientes en momentos de incompetencia. Sabemos que se suelen
aceptar y/o rechazar tratamientos farmacológicos específicos, debido
principalmente a sus reacciones adversas (Srebnik,
et al., 2005; y Wilder, et al., 2010). La libre aceptación farmacológica
comporta una mayor adherencia, unos mejores conocimientos de los efectos
adversos de los fármacos así como la necesidad de su seguimiento. Y a la
inversa, una no adherencia farmacológica está vinculada a tratamientos forzosos
y a un peor curso clínico (Swanson, et al., 2006 y 2008; Srebnik, et al., 2005; La Fond J y Srebnik, 2002; y Rittmannsberger, et al.,
2004). Hay evidencia, a su vez, que aquellos pacientes que tienen un DVA-SM
reciben menos tratamientos coercitivos, como son las contenciones, medicación
forzada, así como el hecho de ser desplazados por los agentes de policía para
recibir el tratamiento clínico (Swanson, et al., 2008).
También conocemos que están
interesados en consensuar modos alternativos a la hospitalización (permanecer
en casa mientras tienen las recaídas, posibilidad de recibir ayuda médica
domiciliaria, etc.). Incluso durante el régimen hospitalario, los pacientes
optan por decidir quién quiere que les visite y quién no (Srebnik, et al.
2005).
Esta posibilidad de poder escoger
decisiones de manera anticipada también comporta un sentimiento de empoderamiento
al ser ellos mismos los que podrán
decidir incluso en aquellas situaciones clínicas de incompetencia para la toma
de decisiones. (Backlar, et al.,
2001).
En resumen, la introducción del
DVA-SM nos puede ayudar a una mejora clínica en la persona y a un tipo de
relación profesional sanitario-paciente más satisfactoria. A su vez, contribuye
al cambio de paradigma propuesto por la Convención
y el Comité que propicie un mayor
respeto por los derechos humanos de las personas con enfermedades mentales.
4.- Conclusiones
El estudio sobre la cronicidad de
los pacientes frecuentemente ha sido centrado en aquellos que están al “final
de la vida”. Quizás, los pacientes oncológicos recogen muy bien las
características de la cronicidad, sin embargo, a nuestro juicio, otro tipo de
pacientes crónicos ha sido olvidado o no introducido en el debate, a saber: los
que padecen TMS. Consideramos que es de justicia ampliar este análisis bioético,
pues la vulnerabilidad y la dependencia es cosa de muchos otros colectivos.
En este artículo hemos defendido un
modelo asistencial que observe a la persona de manera holística, integral, y
que tenga una participación activa en la toma de decisiones. Para ello, hemos
optado por un modelo bio-psico-social que contemple a la enfermedad, con sus
signos y síntomas, pero que no olvide los valores de la persona. Esto último ha
sido introducido gracias a la reivindicación de una atención centrada en y para la persona, gracias a la cual
poder articular el concepto de recovery
como algo más a tener en cuenta en los planes terapéuticos. Esto puede permitir
incorporar la mirada de los principales afectados, los pacientes, en las
decisiones socio-sanitarias.
Partiendo de la premisa de que, a
nuestro parecer, el concepto de autonomía no ha sido introducido
considerablemente en el ámbito de la salud mental, hemos querido poner la
atención en el DVA-SM como una herramienta para poder ejercer la libertad de
las personas. No se trata sólo de algo exigible por motivos éticos, sino que
también comporta unos resultados clínicos y asistenciales que pueden contribuir
a un mejor trato con estos pacientes, pues habrá una mejoría sintomática y una
mayor satisfacción de todo el proceso asistencial.
Se trata, en definitiva, de intentar
optar por una asistencia sanitaria más humana, de calidad, en la que los
principios de dignidad y autonomía rijan el proceso asistencial. Que aluda a
las cuestiones biomédicas, pero que no olvide los valores y deseos de la
persona. Que trate las variables bio-psico-sociales, pero que las integre
holísticamente en la persona. Que cure –o intente curar- a las personas, pero
que también las cuide.
Bibliografía
-
Abellán A, y Pujol R
(2015). “Un perfil de las personas mayores en España, 2015. Indicadores
estadísticos básicos”. Madrid, Informes Envejecimiento en red nº 10. Disponible
en: http://envejecimiento.csic.es/documentos/documentos/enred-indicadoresbasicos15.pdf [visitada
el 14-11-2016].
-
Backlar
P., McFarland B., Swanson J., y Mahler J. (2001). Consumer, Provider, and Informal Caragiver Opinions on Psychiatric
Advance Directives. Administration and
Policy in Mental Health, 28(6), 427-441.
-
Braš M., Dordević V.,
Milunović V., Brajković L., Miličić D., y Konopka L. (2011). Person-centered medicine versus personalized medicine:
is it just a sophism? A view from chronic pain management. Psychiatria Danubina,
23(3), 246-250.
-
Brooker D. (2013) Atención centrada en la persona con
demencia. Mejorando recursos. Barcelona: Ediciones Octaedro.
-
Comité sobre los
derechos de las personas con discapacidad. Observación
General nº 1, 2014. [visitada el 14-11-2016]. Disponible en: http://www.villaverde.com.ar/es/assets/investigacion/discapacidad/Comite-ONU/CRPD-og1-castellano.pdf
-
Drake
R.; y Whitley R. (2014). Recovery and Severe Mental Illness: Description and
Analysis. Can
J Psychiatry, 59(5), 236–242.
-
Engel
George. (1977) The Need for a New
Medical Model: a Challenge for Biomedicine. Science,
196, 129-36.
-
Engel
George (1980). The Clinical
Application of the Biopsychosocial Model. Am J Psychiatry,
137:535-544.
-
Gómez X., Martínez M.,
Blay C., Amblàs J., Vila L., y Costa X. (2013). Identificación de personas con
enfermedades crónicas avanzadas y necesidad de atención paliativa en servicios
sanitarios y sociales: elaboración del instrumento NECPAL CCOMS-ICO. Med Clin (Barc), 140(6), 241–245.
-
Haro
J, Tyrovolas S, Garin N, et al. (2014) The burden of disease in Spain: results
from the global burden of disease study. BMC
Med,
12, 236.
-
Jakovljević M., y Ostojić L. (2015). Person-centered medicine and
good clinical practice: disease has to be cured, but the patient has to be
healed. Psychiatria
Danubina, 27(2), S546–S549.
-
Junta de Andalucía. Planificación
anticipada de las decisiones en salud mental. Guía de apoyo. Escuela
Andaluza de Salud Pública. Consejería de Salud. Junta de Andalucía. 2015. [visitada el
14-11-2016]. Disponible en: http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/publicaciones/Listadodeterminado.asp?idp=627
.
-
La
Fond J., y Srebnik D (2002). The Impact of Mental Health Advance Directives on
Patient Perceptions of Coercion in Civil Commitment and Treatment Decisions. International
Journal of Law and Psychiatry 25, 537-555.
-
Leamy
M, Bird V., Boutillier C., Williams J., y Slade M (2011). Conceptual framework
for personal recovery in mental health: systematic review and narrative in
mental health: systematic review and narrative synthesis. The British Journal of
Psychiatry, 199, 445–452.
-
Leamy
M., Clarke E., Le Boutillier C., Bird V., Choudhury R., MacPherson R., Pesola
F., Sabas K., Williams J., Williams P., y Slade M (2016). Recovery practice in
community mental Health teams: national survey. The British Journal of Psychiatry, 209, 340–346.
-
Lusk
J., y Fater K. (2013). A Concept Analysis of
Patient-Centered Care. Nursing
Forum Volume, 48(2), 89-98.
-
Mike
S., y Eleanor L. (2015). Empirical
evidence about recovery and mental health. BMC
Psychiatry, 15, 285.
-
Organización de las
Naciones Unidas. Convención sobre los
derechos de las personas con discapacidad, 2006. [visitada el 14-11-2016]. Disponible en: http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf
-
Pelto
V., Engström K., Engström I. (2013). Paternalism, autonomy and reciprocity: ethical perspectives in
encounters with patients in psychiatric in-patient care. BMC
Medical Ethics, 14, 49.
-
Ramírez P., Arbesú J., Arrieta E., López S., y Casquero R. (2016). Promoción de la salud: promoción de la salud
mental. Semergen, 42(2), 73-74.
-
Ramos J. (2013). Salud
mental, prevención y trastornos mentales graves y persistentes. El concepto de
discapacidad. En AAVV. Ética y modelos de
atención a las personas con trastorno mental grave (pp. 43-60). Madrid: Publicaciones de la Universidad
Pontificia Comillas.
-
Ramos S., y Román B. (2014)
Las voluntades anticipadas en pacientes con esquizofrenia: un instrumento para
potenciar la autonomía. Revista de la
Asociación Española de Neuropsiquiatría, 34(121), 21-35.
-
Ramos S. (2015) Una propuesta de actualización del modelo
bio-psico-social para ser aplicado a la esquizofrenia. Revista de la Asociación Española de
Neuropsiquiatría, 35(127), 511-526.
-
Ramos S., y Robles B.
(2015). La relación médico-paciente en salud mental: el documento de voluntades
anticipadas y la planificación anticipada de las decisiones. Rehabilitación Psicosocial, 12(1), 18-24.
-
Ramos S.
(2016). The
Convention on the Rights of Persons with Disabilities and Mental Health
Law: a Critical Review. ALTER. European Journal
of Disability research, 10(4), 301–309.
-
Rittmannsberger
H., Pachinger T., Keppelmüller P., y Wancata J. (2004). Medication Adherence
Among Psychotic Patients Before Admission to Inpatient Treatment. Psychiatric Services.
55(2), 174-179.
-
Rudnick
A. (2014). What is a Psychiatric Disability? Health Care Anal,
22, 105–113.
-
Rudnick
A., y David R. (2011). Foundations and Ethics of Person-Centered Approaches to
Serious Mental Illness. En Rudnick A., y Roe D (ed.) Serious Mental Illness: Person-Centered Approaches (pp. 8-18).. London:
Radcliffe Publishing.
-
Srebnik
D., Rutherford L., Peto T., Russo J., Zick E., Jaffe C., y Holtzheimer P.
(2005). The Content and Clinical
Utility of Psychiatric Advance Directives. Psychiatric Services, 56(5),
592-598.
-
Swanson
J., Swartz M., Elgogen E., Van Dorn R., Ferron J., Wagner H., McCauley B., y
Kim M. (2006) Facilitated Psychiatric
Advance Directives: A Randomized Trial of an Intervention to Foster Advance
Treatment Planning Among Persons with Severe Mental Illness. Am J Psychiatry, 163,
1943– 1951.
-
Swanson J., Swartz M., Elbogen E.,
Van Dorn R., Wagner H., Moser L., Wilder Ch., y Gilbert A.
(2008). Psychiatric advance directives and reduction of coercive crisis
interventions. Journal of Mental Health, 17, 255-267.
-
The American Geriatrics Society Expert Panel on Person-Centered Care (2016). Person-Centered Care: A Definition and Essential
Elements. J Am Geriatr Soc, 64(1):15-8.
-
Turner
J., y Wallcraft J. (2002). The Recovery
Vision for Mental Health Services and Research: A British Perspective. Psychiatric rehabilitation journal, 25(3), 245-254.
- - Wilder
Ch., Elbogen E., Moser L., Swanson J., y Swartz M. (2010). Medication Preferences and Adherence Among
Individuals with Severe Mental Illness and Psychiatric Advance Directives.
Psychiatric
Services, 61(4), 380-385.
“Puntos
destacados”
1)
El análisis bioético de la cronicidad se ha centrado en
procesos de final de la vida, pero ha olvidado a los que están “durante la
vida”.
2)
Hay que abogar por modelos holísticos, integrales,
bio-psico-sociales, para poder entender mejor los procesos asistenciales.
3)
Los conceptos “person
centered-care” y “recovery”
pueden ayudar a una asistencia sanitaria más humana.
4)
El DVA-SM pueden fomentar escenarios en los que los pacientes
puedan ejercer la autonomía.
5)
Actualmente, los pacientes con problemas de salud mental
tienen un papel pasivo en las decisiones y es de justicia que tengan más
participación.
6)
El DVA-SM tiene aspectos éticos, clínicos y asistenciales que
pueden contribuir a la aplicación de una psiquiatría más humana.
La enfermedad del vih durante los últimos 3 años y el dolor difícil de comer y la tos son pesadillas, especialmente el primer año En esta etapa, el sistema inmunológico está gravemente debilitado, y el riesgo de contraer infecciones oportunistas es mucho mayor. Sin embargo, no todas las personas con VIH desarrollarán el SIDA. Cuanto antes reciba el tratamiento, mejor será su resultado. Empecé a tomar el ARV para evitar una muerte prematura pero tenía fe en Dios de que algún día me curaría. Como paciente de VIH, se nos aconseja tomar tratamientos antirretrovirales para reducir la posibilidad de transmitir el virus a otros, hace unas semanas busqué en Internet si podía obtener información sobre el tratamiento del VIH con hierbas medicinales, en mi búsqueda vi el testimonio de alguien que se ha curado del VIH, su nombre era Achima Abelard y otra patente del virus del herpes, Tasha Moore, que también dio testimonio sobre este mismo hombre, llamado Dr. Itua Herbal Center. Me conmovió el testimonio y me puse en contacto con él a través de su Email.drituaherbalcenter@gmail.com. Hablamos y me envió una botella de medicina herbal que tomé según sus instrucciones. Después de beberla me pidió que me hiciera una prueba de que como terminé mi vida de sufrimiento de la patente del VIH, estoy curada y libre de las píldoras de Arv. Le estoy eternamente agradecido, Drituaherbalcenter. Aquí su número de contacto +2348149277967... Me aseguró que puede curar las siguientes enfermedades... VIH, cáncer, virus del herpes, Hpv, pilotes, erección débil, enfermedad de Lyme, epilepsia, glaucoma.., Tumor cerebral, psoriasis, cataratas, degeneración macular, enfermedad cardiovascular, diarrea crónica, enfermedad pulmonar, próstata agrandada, osteoporosis, enfermedad de Alzheimer,
ResponderEliminarDemencia. Cáncer de vejiga, autismo, cáncer colorrectal, cáncer de mama, cáncer de riñón, leucemia, cáncer de pulmón, enfermedad de Tay Tach, linfoma no Hodgkin, cáncer de piel, lupus, cáncer de útero, cáncer de próstata, convulsiones, fibromialgia, esclerosis lateral amiotrófica, hepatitis, polio, enfermedad de Parkinson. Enfermedad genética, enfermedad de fibrodisplasia, fibrodisplasia osificante progresiva, síndrome de toxicidad de la fluoroquinolona, apoplejía, Hpv, erección débil, inflamación del hígado y del riñón, infertilidad masculina y femenina, enfermedad intestinal, enfermedad de Huntington, diabetes, fibroma.