documental Redes, de Eduard Punset. "Sigue el desafío de la esquizofrenia"
http://ver-documentales.net/redes-17-sigue-el-desafio-de-la-esquizofrenia/
Este blog desea exponer información, principalmente, sobre aspectos relacionados con la bioética aplicada a la psiquiatría. No obstante, también se hace referencia a temas de bioética en general (fundamentación, comités de ética, eutanasia...)y/o temas de psiquiatría con implicaciones en la filosofía o la ética. https://www.linkedin.com/profile/edit?trk=nav_responsive_sub_nav_edit_profile
domingo, 27 de marzo de 2011
sábado, 26 de marzo de 2011
Apuntes AVIFES sobre la esquizofrenia
La asociación Vizcaina de Familiares y Personas con Enfermedad Mental (AVIFES) ha editado una interesante guía destinada a familiares, personas afectadas y público en general. Es muy sencilla pero a la vez muy interesante. Da respuesta a muchas dudas como: síntomas, tipologías, causas, evolución y tratamiento. Escrito en castellano y euskera.
http://www.feafes.com/NR/rdonlyres/1DD380AC-6139-4983-A3C2-3C614B574491/35111/ApuntesAVIFESsobreesquizofrenia.pdf
http://www.feafes.com/NR/rdonlyres/1DD380AC-6139-4983-A3C2-3C614B574491/35111/ApuntesAVIFESsobreesquizofrenia.pdf
jueves, 24 de marzo de 2011
Aragón.- Aragón aprueba su Ley de Muerte Digna
ZARAGOZA, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Pleno de las Cortes de Aragón ha aprobado este jueves la proposición de ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en su proceso de muerte, conocida como Ley de Muerte Digna, a iniciativa del coordinador general de Izquierda Unida de Aragón (IU) y diputado autonómico, Adolfo Barrena. PSOE, PAR y CHA han apoyado la mayor parte del texto, mientras que el PP ha hecho lo contrario.
Aragón es la segunda comunidad autónoma que regula esta materia, a expensas de que las Cortes Generales tramiten, en los próximos meses, un proyecto de ley del Gobierno central del socialista José Luis Rodríguez Zapatero sobre cuidados paliativos y muerte digna.
En el caso aragonés, esta nueva norma desarrolla el Estatuto de Autonomía, reformado en 2007. En concreto, la nueva Ley regula algunos de los aspectos enunciados en el artículo 14 de la norma institucional básica aragonesa, dedicado al derecho a la salud y que reconoce el derecho del paciente a ser informado de sus derechos, la especial protección del denominado "consentimiento informado" y el derecho a expresar la voluntad, "incluso de forma anticipada", sobre las intervenciones y los tratamientos que desee recibir.
En su intervención, Adolfo Barrena, coordinador de la Ponencia que ha trabajado sobre el texto y las enmiendas, ha señalado que esta ley es "de derechos, de garantías, de obligaciones", en el sentido de que su aprobación protegerá a los pacientes en proceso de muerte ante cualquier negativa de los facultativos a respetar su voluntad si colisiona con su moral personal y profesional.
Con esta Ley "se da un paso", ha reconocido Adolfo Barrena, quien ha lamentado que se hayan restringido algunos preceptos que recogía el texto inicial, de IU, antes de que se le incorporaran las enmiendas de los Grupos.
De la objeción de conciencia, que el PP ha invocado para proteger a los facultativos que rechacen la aplicación de la norma, Barrena ha expresado que "está reconocida por la Constitución" de 1978, pero ha precisado que el ordenamiento jurídico no regula su ejercicio por parte de empleados públicos, tras lo que ha considerado que si un ciudadano trabaja para la sanidad pública debe comprometerse a participar en la prestación de toda la cartera de servicios como le corresponda.
El socialista Eduardo Alonso ha indicado que "no partimos de cero", sino que en 2007 el Gobierno central ya incorporó a la cartera de servicios los cuidados paliativos. En 2008 se impulsó la universalización de los cuidados paliativos en toda España, tanto en el domicilio como en los centros de atención primaria, ha dicho.
Alonso ha felicitado a todos los profesionales sanitarios, especialmente los que atienden a los enfermos cuando afrontan el proceso de muerte y ha reivindicado "el derecho a morir con dignidad" y a evitar los "sufrimientos innecesarios", tras lo que ha subrayado su apoyo al código deontológico de los profesionales de la salud.
La presidenta de Chunta Aragonesista (CHA), Nieves Ibeas, ha defendido el respeto al derecho asistencial, al rechazo de una intervención, la sedación paliativa, la intimidad personal y el acompañamiento en el proceso de muerte, en definitiva, "el respeto a los valores vitales de la persona" para garantizar a cada persona "la plena dignidad" y "el respeto escrupuloso" a su voluntad.
El diputado del PAR, Javier Callau, ha rechazado tanto la eutanasia -que esta Ley no regula--, como la "distanasia", también conocida como encarnizamiento terapéutico, frente a las cuales ha defendido la "ortotanasia", es decir, "la muerte digna", precisamente la materia que se ha regulado hoy.
El portavoz sanitario del Grupo Popular, Ricardo Canals, ha dicho que "esta Ley no aporta nada relevante" que no esté ya contemplado en la legislación autonómica y estatal, tras lo que ha indicado que los profesionales sanitarios continuarán guiándose por la 'Lex Artis', el código deontológico médico. "No nos gusta esta Ley", ha aseverado.
Canals ha señalado que ya está regulada la atención "digna" de los enfermos terminales y se ha preguntado si "no se contemplan" en el ordenamiento jurídico otras medidas como los cuidados paliativos. "Todo esto está ya recogido", ha recalcado.
El dirigente del PP ha lamentado que la Ley no recoja "nada de nada" respecto al derecho a la objeción de conciencia y ha indicado que, próximamente, el Gobierno de España tiene intención de presentar, en las Cortes Generales, un proyecto de ley de cuidados paliativos y muerte digna.
Los profesionales sanitarios estarán obligados a informar a los enfermos y deberán respetar su voluntad, independientemente de que, moralmente, la voluntad del enfermo o su representante, si el afectado no es dueño de sí mismo, coincida o no con la del profesional. No se regula el derecho a la objeción de conciencia.
La Ley actualiza la normativa sobre el Registro de últimas voluntades, que tiene carácter autonómico y público. Lo custodia el Gobierno de Aragón y los profesionales sanitarios podrán acceder al mismo desde cualquier centro sanitario, sea público o privado, de la comunidad autónoma, como herramienta para garantizar el respeto a la voluntad del paciente.
La Ley protege, asimismo, las últimas voluntades de los menores emancipados, que en el caso de Aragón, por mor del Derecho Civil Foral, pueden serlo a partir de los 14 años.
La nueva norma dispone la creación de Comités de Ética en cada uno de los ocho sectores sanitarios en que se divide la Comunidad Autónoma. Estos Comités valorarán los casos más complicados. También se crea un Comité de Bioética de Aragón para analizar el tema en función de los avances médicos y la ética.
Los pacientes tienen derecho a la sedación paliativa y a recibir tratamiento para mitigar su dolor. Todos los enfermos terminales tienen derecho a recibir cuidados paliativos incluso en el domicilio de su elección.
Asimismo, se protege el derecho a la intimidad, incluyendo la protección de los datos sanitarios relativos a su proceso de muerte. La Ley reconoce el derecho al auxilio espiritual. Los pacientes terminales podrán utilizar habitaciones individuales.
Los profesionales sanitarios evitarán la "obstinación terapéutica", también conocida como encarnizamiento terapéutico.
http://www.europapress.es/salud/asistencia-00670/noticia-aragon-aragon-aprueba-ley-muerte-digna-20110324135513.html
El Pleno de las Cortes de Aragón ha aprobado este jueves la proposición de ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en su proceso de muerte, conocida como Ley de Muerte Digna, a iniciativa del coordinador general de Izquierda Unida de Aragón (IU) y diputado autonómico, Adolfo Barrena. PSOE, PAR y CHA han apoyado la mayor parte del texto, mientras que el PP ha hecho lo contrario.
Aragón es la segunda comunidad autónoma que regula esta materia, a expensas de que las Cortes Generales tramiten, en los próximos meses, un proyecto de ley del Gobierno central del socialista José Luis Rodríguez Zapatero sobre cuidados paliativos y muerte digna.
En el caso aragonés, esta nueva norma desarrolla el Estatuto de Autonomía, reformado en 2007. En concreto, la nueva Ley regula algunos de los aspectos enunciados en el artículo 14 de la norma institucional básica aragonesa, dedicado al derecho a la salud y que reconoce el derecho del paciente a ser informado de sus derechos, la especial protección del denominado "consentimiento informado" y el derecho a expresar la voluntad, "incluso de forma anticipada", sobre las intervenciones y los tratamientos que desee recibir.
En su intervención, Adolfo Barrena, coordinador de la Ponencia que ha trabajado sobre el texto y las enmiendas, ha señalado que esta ley es "de derechos, de garantías, de obligaciones", en el sentido de que su aprobación protegerá a los pacientes en proceso de muerte ante cualquier negativa de los facultativos a respetar su voluntad si colisiona con su moral personal y profesional.
Con esta Ley "se da un paso", ha reconocido Adolfo Barrena, quien ha lamentado que se hayan restringido algunos preceptos que recogía el texto inicial, de IU, antes de que se le incorporaran las enmiendas de los Grupos.
De la objeción de conciencia, que el PP ha invocado para proteger a los facultativos que rechacen la aplicación de la norma, Barrena ha expresado que "está reconocida por la Constitución" de 1978, pero ha precisado que el ordenamiento jurídico no regula su ejercicio por parte de empleados públicos, tras lo que ha considerado que si un ciudadano trabaja para la sanidad pública debe comprometerse a participar en la prestación de toda la cartera de servicios como le corresponda.
El socialista Eduardo Alonso ha indicado que "no partimos de cero", sino que en 2007 el Gobierno central ya incorporó a la cartera de servicios los cuidados paliativos. En 2008 se impulsó la universalización de los cuidados paliativos en toda España, tanto en el domicilio como en los centros de atención primaria, ha dicho.
Alonso ha felicitado a todos los profesionales sanitarios, especialmente los que atienden a los enfermos cuando afrontan el proceso de muerte y ha reivindicado "el derecho a morir con dignidad" y a evitar los "sufrimientos innecesarios", tras lo que ha subrayado su apoyo al código deontológico de los profesionales de la salud.
La presidenta de Chunta Aragonesista (CHA), Nieves Ibeas, ha defendido el respeto al derecho asistencial, al rechazo de una intervención, la sedación paliativa, la intimidad personal y el acompañamiento en el proceso de muerte, en definitiva, "el respeto a los valores vitales de la persona" para garantizar a cada persona "la plena dignidad" y "el respeto escrupuloso" a su voluntad.
El diputado del PAR, Javier Callau, ha rechazado tanto la eutanasia -que esta Ley no regula--, como la "distanasia", también conocida como encarnizamiento terapéutico, frente a las cuales ha defendido la "ortotanasia", es decir, "la muerte digna", precisamente la materia que se ha regulado hoy.
El portavoz sanitario del Grupo Popular, Ricardo Canals, ha dicho que "esta Ley no aporta nada relevante" que no esté ya contemplado en la legislación autonómica y estatal, tras lo que ha indicado que los profesionales sanitarios continuarán guiándose por la 'Lex Artis', el código deontológico médico. "No nos gusta esta Ley", ha aseverado.
Canals ha señalado que ya está regulada la atención "digna" de los enfermos terminales y se ha preguntado si "no se contemplan" en el ordenamiento jurídico otras medidas como los cuidados paliativos. "Todo esto está ya recogido", ha recalcado.
El dirigente del PP ha lamentado que la Ley no recoja "nada de nada" respecto al derecho a la objeción de conciencia y ha indicado que, próximamente, el Gobierno de España tiene intención de presentar, en las Cortes Generales, un proyecto de ley de cuidados paliativos y muerte digna.
CONSENTIMIENTO INFORMADO
La proposición de ley aprobada reconoce, en el ámbito aragonés, el derecho al consentimiento informado, es decir, que cada ciudadano que afronte el proceso de muerte en un centro sanitario, sea público o privado, tiene derecho a ser informado sobre su pronóstico, así como los tratamientos e intervenciones que se le puedan aplicar y, en función de su voluntad personal, podrá autorizarlos o rechazarlos. Los profesionales sanitarios estarán obligados a informar a los enfermos y deberán respetar su voluntad, independientemente de que, moralmente, la voluntad del enfermo o su representante, si el afectado no es dueño de sí mismo, coincida o no con la del profesional. No se regula el derecho a la objeción de conciencia.
La Ley actualiza la normativa sobre el Registro de últimas voluntades, que tiene carácter autonómico y público. Lo custodia el Gobierno de Aragón y los profesionales sanitarios podrán acceder al mismo desde cualquier centro sanitario, sea público o privado, de la comunidad autónoma, como herramienta para garantizar el respeto a la voluntad del paciente.
La Ley protege, asimismo, las últimas voluntades de los menores emancipados, que en el caso de Aragón, por mor del Derecho Civil Foral, pueden serlo a partir de los 14 años.
La nueva norma dispone la creación de Comités de Ética en cada uno de los ocho sectores sanitarios en que se divide la Comunidad Autónoma. Estos Comités valorarán los casos más complicados. También se crea un Comité de Bioética de Aragón para analizar el tema en función de los avances médicos y la ética.
Los pacientes tienen derecho a la sedación paliativa y a recibir tratamiento para mitigar su dolor. Todos los enfermos terminales tienen derecho a recibir cuidados paliativos incluso en el domicilio de su elección.
Asimismo, se protege el derecho a la intimidad, incluyendo la protección de los datos sanitarios relativos a su proceso de muerte. La Ley reconoce el derecho al auxilio espiritual. Los pacientes terminales podrán utilizar habitaciones individuales.
DEBERES
Los profesionales sanitarios deberán informar a los pacientes sobre su situación real, pronóstico y posibles tratamientos o intervenciones, así como sus derechos. Deberán respetar los valores y creencias de los pacientes. Los profesionales sanitarios evitarán la "obstinación terapéutica", también conocida como encarnizamiento terapéutico.
http://www.europapress.es/salud/asistencia-00670/noticia-aragon-aragon-aprueba-ley-muerte-digna-20110324135513.html
viernes, 18 de marzo de 2011
El Parlamento navarro aprueba la ley foral para una muerte digna
PAMPLONA, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -
El fomento del documento de últimas voluntades constituye uno de los puntos centrales de esta iniciativa, se propone incorporar este testamento vital a la historia clínica informatizada, de modo que pueda ser consultado en cualquier momento por el personal sanitario de atención especializada y Atención Primaria.
La idea es que cualquier persona pueda hacer constar sus "deseos y preferencias" de tratamiento y "elegir" quién debe ser su "representante" por si, llegado el momento, no puede decidir por sí misma. Además, se propone la creación de comités de ética asistencial en atención primaria, un órgano asesor para casos de decisiones clínicas que planteen "conflictos éticos" y que hasta ahora sólo existe en los hospitales.
De cara a garantizar la calidad asistencial a todos los enfermos terminales, se ordena el "derecho a recibir cuidados paliativos integrales de calidad en el hospital o en el domicilio" particular. La ley incorpora el "acompañamiento familiar" y rehusa entrar a regular aspectos relacionados con la eutanasia.
En el debate en la sesión plenaria, el regionalista Javier Marcotegui ha mostrado su voto a favor al dictamen porque "se han obturado las grietas" por las que pudiera haber prácticas que no comparten y porque "no es un dictamen eutanásico, sino una ley de cuidados paliativas con la finalidad de mitigar el dolor de la persona al final de su vida".
El pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado por unamidad la Ley Foral de derechos y garantías de la dignidad de la personas en el proceso final de la vida.
La ley, iniciativa de Nafarroa Bai, tiene por objeto regular el ejercicio de los derechos de la persona durante el proceso final de vida, los deberes del personal sanitario que atiende a estos pacientes, así como las garantías que las instituciones sociosanitarias estarán obligadas a proporcionar en relación a este proceso.
La norma concreta una serie de instrumentos basados en el uso de la información clínica, el consentimiento informado, la toma de decisiones de la persona capaz y el documento de voluntades anticipadas.
Así, se regula el derecho del paciente a rechazar o paralizar cualquier tratamiento o intervención sanitaria, aunque ello pueda poner en peligro su vida. El médico será el encargado de velar por que dicha decisión, además de informada, se adopte de manera consciente y libre. El rechazo, en su caso, deberá constar por escrito o adoptarse a través de un testigo.El fomento del documento de últimas voluntades constituye uno de los puntos centrales de esta iniciativa, se propone incorporar este testamento vital a la historia clínica informatizada, de modo que pueda ser consultado en cualquier momento por el personal sanitario de atención especializada y Atención Primaria.
La idea es que cualquier persona pueda hacer constar sus "deseos y preferencias" de tratamiento y "elegir" quién debe ser su "representante" por si, llegado el momento, no puede decidir por sí misma. Además, se propone la creación de comités de ética asistencial en atención primaria, un órgano asesor para casos de decisiones clínicas que planteen "conflictos éticos" y que hasta ahora sólo existe en los hospitales.
De cara a garantizar la calidad asistencial a todos los enfermos terminales, se ordena el "derecho a recibir cuidados paliativos integrales de calidad en el hospital o en el domicilio" particular. La ley incorpora el "acompañamiento familiar" y rehusa entrar a regular aspectos relacionados con la eutanasia.
En el debate en la sesión plenaria, el regionalista Javier Marcotegui ha mostrado su voto a favor al dictamen porque "se han obturado las grietas" por las que pudiera haber prácticas que no comparten y porque "no es un dictamen eutanásico, sino una ley de cuidados paliativas con la finalidad de mitigar el dolor de la persona al final de su vida".
Por NaBai, Ioseba Eceolaza ha dicho que con esta ley se trata de "proteger el ideal de la buena muerte" y ha valorado que, con esta norma, "Navarra se vuelva a colocar en la vanguardia". "Esta ley no hablaba de eutanasia, ni de acortar la vida, sino de cuidar a la persona", ha apuntado, y ha expuesto que "colocamos a la persona en el centro de la actividad clínica". "Con esta ley damos un paso", ha defendido Eceolaza, que ha manifestado que con esta ley se "da seguridad jurídica no sólo a las pacientes sino también a los profesionales sanitarios".
La socialista María Chivite ha abogado por el "menor sufrimiento" y el "mayor bienestar" de la persona a la hora de morir. "No se acorta el tiempo de vida", ha dicho, para indicar que esta ley no recoge una "brecha" que sí recogida en el texto inicial "cuando hablaba de retirar la hidratación y alimentación", ha dicho y ha señalado la parlamentaria que desde su grupo querían una "ley de cuidados paliativos".
Desde las filas de CDN, José Andrés Burguete ha valorado un "importante" trabajo de esta ley en comisión, en el que se han corregido algunas "disfunciones". "Estamos satisfechos del texto final" aunque no al cien por cien, ha dicho, para destacar que se "protege" a la persona en el proceso de la muerte. "Reconoce los derechos y dignidad de la persona en el proceso de la muerte, aunque se ha desaprovechado la oportunidad de reconocer derechos de los profesionales", ha apuntado.
La parlamentaria de IUN Ana Figueras ha defendido que "este debate debería llamarse asistencia ante la muerte" y ha señalado que "hay que desmitificar la muerte". "Se trata de garantizar el derecho a la vida, pero también el derecho a morir", ha indicado, para señalar que el debate "está en la calle".
Ética y calidad en la atención médica y psiquiátrica
Calidad es concepto clave e importante estrategia en la gestión de salud. En este trabajo se intenta vincular la calidad con la ética en la atención de salud. Ocuparse de la calidad de la atención constituye, de hecho, un imperativo ético. La calidad en la atención de salud involucra varias dimensiones, incluyendo efectividad, eficiencia y satisfacción, así como algunas condiciones específicas y propias de su ámbito: es referida a estándares, debe ser de costo alcanzable y capaz de producir un impacto demostrable. El autor comenta tres temas relacionados con la calidad y ética de la atención psiquiátrica: derecho a la atención psiquiátrica y de salud mental; desafíos éticos de trabajar en sistemas de salud defectuosos; evaluación de la calidad de la atención psiquiátrica. Los mayores esfuerzos en torno a la calidad están centrados en la aplicación de normas y guías de práctica clínica, lo que, a su vez, tiene implicaciones significativas desde la perspectiva de las preocupaciones éticas de la profesión.
Palabras clave: calidad, ética, psiquiatría
Marcelo Trucco B.Rev Chil Neuro-Psiquiat 2004; 42(2): 81-87
Palabras clave: calidad, ética, psiquiatría
Marcelo Trucco B.Rev Chil Neuro-Psiquiat 2004; 42(2): 81-87
miércoles, 9 de marzo de 2011
El Supremo rechaza indemnizar al doctor Montes y 39 médicos más
El Tribunal Supremo ha rechazado la reclamación del doctor Luis Montes y otros 39 médicos del hospital Severo Ochoa de Leganés de ser indemnizados por los daños y perjuicios sufridos por en el 'caso Leganés'.
http://www.publico.es/espana/365332/el-supremo-rechaza-indemnizar-al-doctor-montes-y-39-medicos-mas
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha desestimado el recurso presentado por los médicos contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que en mayo de 2009 rechazó la pretensión de ser indemnizados.
El doctor Montes reclamó a la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid 7,5 millones de euros, pero el TSJM desestimó la responsabilidad patrimonial de la Administración regional por los daños y perjuicios causados por la actuación de las autoridades y personal al servicio de la misma.
El médico pidió daños y perjuicios después de que la Audiencia Provincial de Madrid ratificara el sobreseimiento y archivo de las actuaciones por las presuntas sedaciones irregulares.
En su reclamación, Montes y los otros médicos del hospital en el que supuestamente se produjeron las sedaciones aseguraban que el caso había producido "no sólo una sensación de enorme miedo, desconfianza y alarma social en los ciudadanos sino también un daño en la dignidad, honor y buen nombre" de éstos. El Supremo recuerda que el TSJM consideró justificada la investigación llevada a cabo por la administración sanitaria respecto a las sedaciones que se realizaron en el servicio de urgencias del hospital.
Rechaza el alto tribunal que la denegación de determinadas pruebas que solicitaron los médicos recurrentes vulnerara su derecho de defensa y señala que, aunque la trascendencia mediática fue sin duda relevante, no se ha argumentado qué hubiera cambiado en el resultado final si se hubiera admitido la práctica de la "extensa prueba documental" que pidieron.
Por ello, sostiene que no se lesiona el derecho de defensa por denegarse pruebas que sean superfluas, inútiles, impertinentes o innecesarias y recuerda que el proceso trataba de determinar si la actuación de la administración iniciando las actuaciones que los médicos consideran que lesionaron su honor "respondía a los parámetros de normalidad que se esperan de su actuación cuando se denuncian unos hechos acaecidos en el seno de la sanidad pública".
sábado, 5 de marzo de 2011
Entrevista al Dr. Luis Montes. Presidente de la Asociación derecho a morir dignamente
“Las causas para proponer una ley sobre muerte digna son que en este país se muere de pena”
Dr. Luis Montes. Presidente de la Asociación derecho a morir dignamente
Protagonista de uno de los mayores escándalos sanitarios de la última década, el doctor Luis Montes, presidente de la Asociación Derecho a Morir Dignamente (AFDMD), dio el salto a la primera plana de la actualidad en 2005 cuando, ostentando el cargo de jefe del Servicio de Urgencias del Severo Ochoa de Leganés, fue acusado de haber provocado más de cuatrocientas muertes –hechos de los que sería exculpado en 2007–. Esta tarde –20.00 horas en el campus de Esteiro– invitado por la asociación Fuco Buxán, visita Ferrol para hablar sobre los derechos al final de la vida.
—El Gobierno ha anunciado que regulará por ley el derecho a la muerte digna de los enfermos.
—La información que tenemos todas las asociaciones es la que hemos leído en la prensa. Hay como un secreto sumarísimo, nadie sabe nada de nada. Por expresiones que ha habido en medios de comunicación y hasta en la misma rueda de prensa que dio el vicepresidente Alfredro Pérez Rubalcaba después del Consejo de Ministros celebrado antes de las vacaciones de Navidad, no se intuía nada en relación con la eutanasia. Después de la aprobación en el Parlamento de Andalucía de la Ley de Garantías y Derechos de las Personas en el Proceso Final de la Vida o Muerte Digna, –en el Parlamento de Aragón y de Navarra se están discutiendo normas parecidas–, me da la impresión de que el gobierno está obligado a regular a nivel de estado porque se daría la paradoja en un tiempo, y no a medio plazo, de que unas autonomías tuvieran un desarrollo de la Ley de Autonomía del Paciente más particular que otras y cabría la posibilidad de que en una Comunidad se muriera mejor que en otras. Por otra parte no aprovechar la ocasión para empezar a abrir el debate de una manera tranquila y sosegada sobre la eutanasia y el suicidio asistido o médicamente asistido me parece grave.
—El Ejecutivo insiste mucho en que no es una ley de eutanasia ¿Cuál sería la diferencia?
—Pues no modificar el marco jurídico que tenemos, con lo cual de las conductas eutanásicas que no están penalizadas tendríamos el permitir la muerte, el ayudar a morir –la omisión en situaciones de fracaso activo y evitar la obstinación terapéutica– y el derecho de ayudar a morir que es el tratamiento de los síntomas que presentan los pacientes en la agonía que sería la sedación, el proceso final de la vida o morir dormido. Si ese marco despenalizado se particulariza y se concreta pues sería un avance. Por otra parte el desarrollo de los cuidados paliativos a nivel nacional es bastante heterogéneo y han surgido a nivel del sector público por iniciativas de servicios concretos que lo han desarrollado. Fuera del servicio público, la mayoría de ellos están en manos de organizaciones religiosas. Si queda claro que la sanidad pública se tiene que hacer cargo de los cuidados paliativos ya es un avance para el cumplimiento de derechos que tenemos los ciudadanos en una sociedad aconfesional.
—¿Qué alternativas tiene una persona en el proceso final de su vida?
—Tiene derecho a una información médica lo más cercana y entendible posible; tiene derecho a que la información que recibe de los profesionales sanitarios no sea coactiva ni persuasiva, y sea asequible; que el centro de la toma de decisiones sea el ciudadano. Tiene derecho al rechazo de cualquier tipo de tratamiento una vez conozca todas las alternativas posibles. Ahí esta por ejemplo el caso de Inmaculada Echevarría, que estaba con un tratamiento de sostén vital para seguir su enfermedad y decidió que le fuera retirado el respirador que la mantenía con vida. Tiene derecho a dejar unas instrucciones previas para el proceso final de la vida, en caso de no ser autónomo y competente. Habría que hacer una gran pedagogía de ello y obligar al sistema sanitario público a informar de los derechos que tiene y a sugerir que vayan decidiendo cómo participar en ese proceso final de la vida a través del testamento vital. Y tiene derecho en el proceso de la agonía, si es sintomático y con intenso sufrimiento, a solicitar ser dormido.
—Las opciones de cada enfermo ¿son diferentes según el territorio?
—Sí, en Andalucía sí se obliga a los profesionales a evitar la obstinación y el “encarnecimiento terapéutico”. Si el enfermo lo ha solicitado se debe procurar una sedación paliativa terminal y morir dormido. Si el paciente desea morir en su casa, que esté acogido y con una asistencia adecuada de cuidados paliativos. Esos derechos, comparándolos con la Comunidad de Madrid, no están particularizados, no están en ley. A nivel genérico son principios de la Ley de Autonomía del Paciente pero en el desarrollo que se hizo de instrucciones previas en la Comunidad de Madrid se dice que, al final de todo, depende del médico que te toque que haga objeción de conciencia o no. En la ley de Andalucía se habla hasta de sanciones al médico que no procure esas buenas prácticas, que regula en un marco de desarrollo de competencias que tiene la comunidad autónoma andaluza. Esas diferencias llevan a que, si tú lo solicitas y es tu voluntad, puedas morir mejor en Andalucía que en Madrid.
—Todavía se desconoce entonces si estas cuestiones van a estar recogidas en la nueva ley estatal.
—Sí, no conocemos el preámbulo ni tampoco el porqué de esta norma. Y cuando una ley va a ser discutida en las Cortes es una proposición de marco jurídico, se tienen que explicar las causas. ¿Qué causas hay para una ley sobre muerte digna? Pues que en este país se muere de pena.
—¿Considera que hubo un retroceso en la lucha por estos derechos tras su caso?
—Sí, yo creo que sí, el proceso de la crisis del Severo Ochoa, lo que nosotros llamamos “caso Lamela” ha tenido sus consecuencias. En un proceso natural como era tratar los síntomas de la muerte, ha habido mucha retracción por parte de los profesionales sanitarios, fundamentalmente por miedo, y ha tenido sus consecuencias en la Comunidad Autónoma de Madrid. Mucha de la información que nos llega de todo el territorio español es que se muere mucho peor. Pero, por otra parte ha llevado al desarrollo de la ley de muerte digna de Andalucía; posiblemente a que se debata esta proposición de ley en el Parlamento; y ha llevado a los ciudadanos a un ¡basta ya! El caso de Leganés ha servido para abrir y profundizar en el debate de la disponibilidad de la propia vida.
—¿Por qué cree que hay tantas reticencias a crear una ley de la eutanasia o cuando menos a abrir un debate sobre la misma?
—En el debate solo hay dos posturas: los que defendemos la autonomía, que creo que somos mayoría; y los que defienden que la vida es un don recibido por un amigo invisible y que lo que tenemos que hacer es preservarla, gestionarla y que ya nos llegará la hora, que no podemos decidir nosotros. Que no se quiera abrir este debate es por miedo, por toda la historia de la cultura judeocristiana de la unión del Estado y de la Iglesia, y con la Iglesia hemos topado. Y para la iglesia jerárquica, el aceptar que los ciudadanos tengamos capacidad de decidir sobre nuestra propia vida, es como un torpedo en la línea de flotación que representa la sumisión y los súbditos que ellos necesitan para seguir con su ideología confesional.
—Por tanto estar en contra o a favor sería una cuestión de fe.
—En todas las religiones de cualquier orden monoteísta existe un dios que es el creador de la vida y la vida no es nuestra, es de Dios, que nos la da o no, y son los grandes enemigos al proceso de toma de decisiones al final de la vida. No podemos dimitir de esta vida, sea gozosa, loable u horrible. Nos toca bailar con la que tenemos. Las posturas que se basan en el principio del bien intrínseco de la vida en definitiva, son una derivación más de asumir la sociedad de derecho bajo un principio de confesionalidad y religión.
—¿Cuál es la postura de los profesionales sanitarios?
—En todas las encuestas de opinión, más del 70% de los profesionales sanitarios, hay que ver las condiciones, están por apoyar las peticiones voluntarias y solicitadas de la muerte ayudada. Si el ayudar a morir sigue estando considerado como un homicidio compasivo, pues es un homicidio y está penado. Si eso se despenaliza, las buenas prácticas médicas contemplarán el ayudar a morir siempre y cuando sea solicitado.
—¿Está protegida suficientemente su figura en este proceso?
—La protección existe porque no hay que ignorar que un 3% de las muertes que existen en España –hay 380.000– son por petición de ayuda. Si hay una unidad familiar fuerte normalmente el profesional sanitario ayuda. Lo que es absurdo es tener un marco jurídico punitivo de estas actuaciones que lo único que conducen es a que nos vayamos a un espacio de oscuridad, clandestinidad, de buscarte el médico que te va a ayudar, fundamentalmente lo tienes si es un familiar tuyo o un marido pero sino conoces a nadie... Es una situación totalmente desigual e injusta y algo que es una práctica cotidiana: la eutanasia en la oscuridad.
entrevista de natalia valiño
http://www.diariodeferrol.com/index.php/periodico-impreso/ferrol/16252-b-noticia
Dr. Luis Montes. Presidente de la Asociación derecho a morir dignamente
Protagonista de uno de los mayores escándalos sanitarios de la última década, el doctor Luis Montes, presidente de la Asociación Derecho a Morir Dignamente (AFDMD), dio el salto a la primera plana de la actualidad en 2005 cuando, ostentando el cargo de jefe del Servicio de Urgencias del Severo Ochoa de Leganés, fue acusado de haber provocado más de cuatrocientas muertes –hechos de los que sería exculpado en 2007–. Esta tarde –20.00 horas en el campus de Esteiro– invitado por la asociación Fuco Buxán, visita Ferrol para hablar sobre los derechos al final de la vida.
—El Gobierno ha anunciado que regulará por ley el derecho a la muerte digna de los enfermos.
—La información que tenemos todas las asociaciones es la que hemos leído en la prensa. Hay como un secreto sumarísimo, nadie sabe nada de nada. Por expresiones que ha habido en medios de comunicación y hasta en la misma rueda de prensa que dio el vicepresidente Alfredro Pérez Rubalcaba después del Consejo de Ministros celebrado antes de las vacaciones de Navidad, no se intuía nada en relación con la eutanasia. Después de la aprobación en el Parlamento de Andalucía de la Ley de Garantías y Derechos de las Personas en el Proceso Final de la Vida o Muerte Digna, –en el Parlamento de Aragón y de Navarra se están discutiendo normas parecidas–, me da la impresión de que el gobierno está obligado a regular a nivel de estado porque se daría la paradoja en un tiempo, y no a medio plazo, de que unas autonomías tuvieran un desarrollo de la Ley de Autonomía del Paciente más particular que otras y cabría la posibilidad de que en una Comunidad se muriera mejor que en otras. Por otra parte no aprovechar la ocasión para empezar a abrir el debate de una manera tranquila y sosegada sobre la eutanasia y el suicidio asistido o médicamente asistido me parece grave.
—El Ejecutivo insiste mucho en que no es una ley de eutanasia ¿Cuál sería la diferencia?
—Pues no modificar el marco jurídico que tenemos, con lo cual de las conductas eutanásicas que no están penalizadas tendríamos el permitir la muerte, el ayudar a morir –la omisión en situaciones de fracaso activo y evitar la obstinación terapéutica– y el derecho de ayudar a morir que es el tratamiento de los síntomas que presentan los pacientes en la agonía que sería la sedación, el proceso final de la vida o morir dormido. Si ese marco despenalizado se particulariza y se concreta pues sería un avance. Por otra parte el desarrollo de los cuidados paliativos a nivel nacional es bastante heterogéneo y han surgido a nivel del sector público por iniciativas de servicios concretos que lo han desarrollado. Fuera del servicio público, la mayoría de ellos están en manos de organizaciones religiosas. Si queda claro que la sanidad pública se tiene que hacer cargo de los cuidados paliativos ya es un avance para el cumplimiento de derechos que tenemos los ciudadanos en una sociedad aconfesional.
—¿Qué alternativas tiene una persona en el proceso final de su vida?
—Tiene derecho a una información médica lo más cercana y entendible posible; tiene derecho a que la información que recibe de los profesionales sanitarios no sea coactiva ni persuasiva, y sea asequible; que el centro de la toma de decisiones sea el ciudadano. Tiene derecho al rechazo de cualquier tipo de tratamiento una vez conozca todas las alternativas posibles. Ahí esta por ejemplo el caso de Inmaculada Echevarría, que estaba con un tratamiento de sostén vital para seguir su enfermedad y decidió que le fuera retirado el respirador que la mantenía con vida. Tiene derecho a dejar unas instrucciones previas para el proceso final de la vida, en caso de no ser autónomo y competente. Habría que hacer una gran pedagogía de ello y obligar al sistema sanitario público a informar de los derechos que tiene y a sugerir que vayan decidiendo cómo participar en ese proceso final de la vida a través del testamento vital. Y tiene derecho en el proceso de la agonía, si es sintomático y con intenso sufrimiento, a solicitar ser dormido.
—Las opciones de cada enfermo ¿son diferentes según el territorio?
—Sí, en Andalucía sí se obliga a los profesionales a evitar la obstinación y el “encarnecimiento terapéutico”. Si el enfermo lo ha solicitado se debe procurar una sedación paliativa terminal y morir dormido. Si el paciente desea morir en su casa, que esté acogido y con una asistencia adecuada de cuidados paliativos. Esos derechos, comparándolos con la Comunidad de Madrid, no están particularizados, no están en ley. A nivel genérico son principios de la Ley de Autonomía del Paciente pero en el desarrollo que se hizo de instrucciones previas en la Comunidad de Madrid se dice que, al final de todo, depende del médico que te toque que haga objeción de conciencia o no. En la ley de Andalucía se habla hasta de sanciones al médico que no procure esas buenas prácticas, que regula en un marco de desarrollo de competencias que tiene la comunidad autónoma andaluza. Esas diferencias llevan a que, si tú lo solicitas y es tu voluntad, puedas morir mejor en Andalucía que en Madrid.
—Todavía se desconoce entonces si estas cuestiones van a estar recogidas en la nueva ley estatal.
—Sí, no conocemos el preámbulo ni tampoco el porqué de esta norma. Y cuando una ley va a ser discutida en las Cortes es una proposición de marco jurídico, se tienen que explicar las causas. ¿Qué causas hay para una ley sobre muerte digna? Pues que en este país se muere de pena.
—¿Considera que hubo un retroceso en la lucha por estos derechos tras su caso?
—Sí, yo creo que sí, el proceso de la crisis del Severo Ochoa, lo que nosotros llamamos “caso Lamela” ha tenido sus consecuencias. En un proceso natural como era tratar los síntomas de la muerte, ha habido mucha retracción por parte de los profesionales sanitarios, fundamentalmente por miedo, y ha tenido sus consecuencias en la Comunidad Autónoma de Madrid. Mucha de la información que nos llega de todo el territorio español es que se muere mucho peor. Pero, por otra parte ha llevado al desarrollo de la ley de muerte digna de Andalucía; posiblemente a que se debata esta proposición de ley en el Parlamento; y ha llevado a los ciudadanos a un ¡basta ya! El caso de Leganés ha servido para abrir y profundizar en el debate de la disponibilidad de la propia vida.
—¿Por qué cree que hay tantas reticencias a crear una ley de la eutanasia o cuando menos a abrir un debate sobre la misma?
—En el debate solo hay dos posturas: los que defendemos la autonomía, que creo que somos mayoría; y los que defienden que la vida es un don recibido por un amigo invisible y que lo que tenemos que hacer es preservarla, gestionarla y que ya nos llegará la hora, que no podemos decidir nosotros. Que no se quiera abrir este debate es por miedo, por toda la historia de la cultura judeocristiana de la unión del Estado y de la Iglesia, y con la Iglesia hemos topado. Y para la iglesia jerárquica, el aceptar que los ciudadanos tengamos capacidad de decidir sobre nuestra propia vida, es como un torpedo en la línea de flotación que representa la sumisión y los súbditos que ellos necesitan para seguir con su ideología confesional.
—Por tanto estar en contra o a favor sería una cuestión de fe.
—En todas las religiones de cualquier orden monoteísta existe un dios que es el creador de la vida y la vida no es nuestra, es de Dios, que nos la da o no, y son los grandes enemigos al proceso de toma de decisiones al final de la vida. No podemos dimitir de esta vida, sea gozosa, loable u horrible. Nos toca bailar con la que tenemos. Las posturas que se basan en el principio del bien intrínseco de la vida en definitiva, son una derivación más de asumir la sociedad de derecho bajo un principio de confesionalidad y religión.
—¿Cuál es la postura de los profesionales sanitarios?
—En todas las encuestas de opinión, más del 70% de los profesionales sanitarios, hay que ver las condiciones, están por apoyar las peticiones voluntarias y solicitadas de la muerte ayudada. Si el ayudar a morir sigue estando considerado como un homicidio compasivo, pues es un homicidio y está penado. Si eso se despenaliza, las buenas prácticas médicas contemplarán el ayudar a morir siempre y cuando sea solicitado.
—¿Está protegida suficientemente su figura en este proceso?
—La protección existe porque no hay que ignorar que un 3% de las muertes que existen en España –hay 380.000– son por petición de ayuda. Si hay una unidad familiar fuerte normalmente el profesional sanitario ayuda. Lo que es absurdo es tener un marco jurídico punitivo de estas actuaciones que lo único que conducen es a que nos vayamos a un espacio de oscuridad, clandestinidad, de buscarte el médico que te va a ayudar, fundamentalmente lo tienes si es un familiar tuyo o un marido pero sino conoces a nadie... Es una situación totalmente desigual e injusta y algo que es una práctica cotidiana: la eutanasia en la oscuridad.
http://www.diariodeferrol.com/index.php/periodico-impreso/ferrol/16252-b-noticia
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